ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y HONDURAS SOBRE TRANSPORTE AÉREO Y ANEJO, FIRMADO EN TEGUCIGALPA EL 30 DE OCTUBRE DE 1992
El Reino de España y el Gobierno de la República de Honduras, representados debidamente, han decidido celebrar el presente acuerdo por el cual se modifica al Acuerdo entre España y Honduras sobre Transporte Aéreo, suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, el 30 de octubre de 1992, el cual se sujetará a los siguientes términos:
Primero.
Modificar los artículos III «Designación de Empresas» y IV «Revocaciones» del acuerdo original, los cuales deberán leerse de la siguiente manera:
Segundo.
Todos los términos y condiciones del acuerdo original no modificados por este acuerdo, quedarán en vigencia.
Tercero.
De acuerdo con el artículo XVIII apartado 1, todas las modificaciones convenidas habrán de ser aprobadas con arreglo a las formalidades constitucionales de las Partes Contratantes y entrarán en vigor cuando hayan sido confirmadas mediante canje de notas por vía diplomática.
Cuarto.
Conforme al artículo XXI, apartado 1, el presente acuerdo se aplicará provisionalmente en el momento de su firma y entrará en vigor, cuando ambas partes hayan cumplido con los requisitos constitucionales internos.
Dado en la ciudad de Sevilla el 1 de julio de 2025 en dos ejemplares en idioma español, siendo ambos textos igualmente válidos y auténticos.
* * *
El presente acuerdo se aplica provisionalmente desde el 1 de julio de 2025, fecha de su firma, de conformidad con lo dispuesto en su término cuarto.
Madrid, 10 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.