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Auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara suspender cautelarmente los puntos 2 ("Cuerpos extraños intraoculares") y 10 ("No se admitirán lentes fáquicas") del Apartado I ("Aparato de la visión") del Anexo del Real Decreto 326/2021.

BOE-A-2021-16060·4 de octubre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Auto del Tribunal Supremo de España, específicamente de la Sala Tercera (Sección Cuarta), fechado el 28 de septiembre de 2021. Se dicta en el marco de un recurso contencioso-administrativo (número 244/2021) interpuesto contra el Real Decreto 326/2021, que aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. El objeto principal del Auto es la suspensión cautelar de dos puntos específicos del Anexo del Real Decreto 326/2021, que se refieren al "Aparato de la Visión": Punto 2: "Cuerpos extraños intraoculares" Punto 10: "No se admitirán lentes fáquicas" Esto significa que, mientras se resuelve el recurso contencioso-administrativo, estas dos condiciones no podrán ser utilizadas como causas de exclusión para el ingreso en la Policía Nacional. El Auto afecta directamente a los aspirantes a la Policía Nacional que pudieran ser excluidos por tener cuerpos extraños intraoculares o por utilizar lentes fáquicas. Indirectamente, afecta a la Administración Pública, concretamente al Ministerio del Interior y a la Policía Nacional, que deberán ajustar sus procesos de selección a esta suspensión cautelar. Las disposiciones más relevantes son: 1. La suspensión cautelar de los puntos 2 y 10 del Anexo del Real Decreto 326/2021. Esto implica que, durante la tramitación del recurso, la presencia de cuerpos extraños intraoculares o el uso de lentes fáquicas no pueden ser motivos para impedir el ingreso en la Policía Nacional. 2. La orden de publicación del Auto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que garantiza su publicidad y conocimiento general. 3. La ausencia de imposición de costas, lo que significa que ninguna de las partes debe pagar los gastos del proceso judicial cautelar. En resumen, el Tribunal Supremo suspende temporalmente dos requisitos visuales para el ingreso en la Policía Nacional, protegiendo así los derechos de los aspirantes mientras se decide sobre la legalidad de dichos requisitos.

En la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo núm. 244/2021, interpuesta por la representación procesal de don Jesús Aliagas Ruiz y otros contra el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional (BOE núm. 113, de 12 de mayo), en lo que se refiere a las causas de exclusión fijadas en el anexo, apartado I, Aparato de la Visión puntos 2 y 10, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado auto con fecha 28 de septiembre de 2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«LA SALA ACUERDA

Primero.

Suspender cautelarmente los puntos 2 (''Cuerpos extraños intraoculares'') y 10 (''No se admitirán lentes fáquicas'') del Apartado I (''Aparato de la visión'') del anexo del Real Decreto 326/2021, sin costas.

Segundo.

Ordenar la publicación de este auto en el ''Boletín Oficial del Estado''.»

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.–Pablo Lucas Murillo de la Cueva.–Celsa Pico Lorenzo.–Luis María Díez-Picazo Giménez.–María del Pilar Teso Gamella.–Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo.–José Luis Requero Ibáñez.–Firmado.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.