Resumen del Artículo 421

Artículo 421 del Código Civil de Cataluña - Libro IV (Sucesiones) (CCCat-L4)Libertad de testar. La sucesión testada se rige por la voluntad del causante manifestada en testamento otorgado de acuerdo con la ley.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 421

¿Qué dice el Artículo 421 del CCCat-L4?

Libertad de testar. La sucesión testada se rige por la voluntad del causante manifestada en testamento otorgado de acuerdo con la ley.

¿El Artículo 421 del CCCat-L4 está vigente?

El artículo 421 del CCCat-L4 está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 421 dentro del CCCat-L4?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO › CAPÍTULO I › Sección cuarta.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 421?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.