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Conflicto positivo de competencia nº 3090-2009, en relación a diversos preceptos del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

BOE-A-2009-7763·11 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una providencia del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de un conflicto positivo de competencia (nº 3090-2009). El objeto principal del conflicto es la impugnación, por parte del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de varios preceptos del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre. Este Real Decreto define las condiciones de formación para ejercer la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial, y establece las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria. El conflicto afecta, en principio, a la Administración del Estado (autora del Real Decreto) y a la Generalidad de Cataluña, al considerar esta última que el Real Decreto invade sus competencias. Indirectamente, afecta a los aspirantes a docentes en las etapas educativas mencionadas y a las instituciones educativas que imparten dichas enseñanzas, ya que las condiciones de formación y las especialidades docentes son elementos clave en la organización del sistema educativo. Las disposiciones concretas del Real Decreto impugnadas son: Artículo 3, apartados 3 y 4: Probablemente relacionados con los requisitos de formación o las atribuciones específicas de los docentes. Disposición adicional sexta: Normalmente, las disposiciones adicionales abordan aspectos complementarios o transitorios del Real Decreto. Anexo V:** Este anexo probablemente contiene información detallada sobre las especialidades docentes o los requisitos de formación. La admisión a trámite del conflicto por el Tribunal Constitucional implica que el Tribunal considera que existen fundamentos suficientes para analizar si el Real Decreto invade las competencias de la Generalidad de Cataluña. El proceso continuará con la sustanciación del conflicto y, finalmente, el Tribunal dictará una sentencia que resolverá la controversia competencial.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de abril actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 3090-2009, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra el artículo 3, apartados 3 y 4; la disposición adicional sexta y el anexo V del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

Madrid, 28 de abril de 2009.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.