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Conflicto positivo de competencia n.º 4088-2019, contra los artículos 5; 6; 7; 8.2, 3 y 4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y 4; 39.3.b), 4.c) y 4.e) del Reglamento de Adopción Internacional aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo.

BOE-A-2019-10995·27 de julio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de un conflicto positivo de competencia (n.º 4088-2019) promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña. El objeto principal del conflicto es determinar si determinados artículos del Reglamento de Adopción Internacional, aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, invaden las competencias de la Generalitat de Cataluña. Los artículos impugnados son: 5; 6; 7; 8.2, 3 y 4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y 4; 39.3.b), 4.c) y 4.e). Este conflicto afecta principalmente al Estado Español (representado por el Gobierno Central que aprobó el Real Decreto) y a la Generalitat de Cataluña, ya que se cuestiona la distribución de competencias entre ambos en materia de adopción internacional. Indirectamente, afecta también a los ciudadanos residentes en Cataluña que estén involucrados en procesos de adopción internacional, ya que la resolución del conflicto podría modificar los procedimientos y requisitos aplicables. Las disposiciones más relevantes son los artículos del Reglamento de Adopción Internacional impugnados. Aunque el documento no detalla el contenido específico de cada artículo, la impugnación sugiere que la Generalitat de Cataluña considera que estos artículos regulan aspectos que son de su competencia exclusiva o compartida, y que el Estado ha invadido dichas competencias al regularlos a través de un Real Decreto. La admisión a trámite por el Tribunal Constitucional implica que este considera que la reclamación de la Generalitat tiene fundamento suficiente para ser analizada en profundidad.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 4088-2019, promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con los artículos 5; 6; 7; 8.2, 3 y 4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y 4; 39.3.b), 4.c) y 4.e) del Reglamento de Adopción Internacional aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo.

Madrid, 16 de julio de 2019.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.