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Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 22 de mayo de 2019 (Decisiones XXXV-1 a XXXV-9).

BOE-A-2022-947·21 de enero de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento informa sobre las decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en relación con el Convenio de 1969. Afecta a las Partes Contratantes del convenio, incluyendo a España. Las decisiones incluyen modificaciones en las tablas TDCC, nuevos calibres y calibres revisados, con cambios específicos en las dimensiones y tolerancias de algunos calibres.

COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES

La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones adoptadas en la reunión de la Subcomisión Técnica celebrada el 22 de mayo de 2019 en Bruselas.

XXXV-01 a 06: Lista de tablas TDCC, nuevos calibres

XXXV-07 a 09: Lista de tablas TDCC, calibres revisados

Modificaciones introducidas en los calibres:

7 mm Zentile – BE de Gardone Italia: disminución del valor EE.

40 x 46 BDLR X – BE de Saint Etienne – Francia: modificación de dimensiones y tolerancias.

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Estas Decisiones de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles entraron en vigor, de forma general y para España, el 19 de diciembre de 2019, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento.

Madrid, 14 de enero de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.