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Convenio para el reconocimiento recíproco de Punzones de Prueba de Armas de Fuego Portátiles y Reglamento con Anejos I y II, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969. Decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXXV Sesión Plenaria el 10 de noviembre de 2020 (Decisiones XXXV-20 a XXXV-35).

BOE-A-2022-949·21 de enero de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un conjunto de decisiones adoptadas por la Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego Portátiles (CIP) en su XXXV Sesión Plenaria, referentes al Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y su Reglamento, firmado en Bruselas en 1969. El objeto principal de estas decisiones es actualizar y modificar las tablas de Dimensiones de Cartuchos y Cámaras (TDCC) que son cruciales para la estandarización y seguridad en la fabricación y prueba de armas de fuego portátiles. Estas actualizaciones incluyen la adición de nuevos calibres y la revisión de calibres existentes. Este documento afecta directamente a los fabricantes de armas de fuego, laboratorios de prueba, importadores y exportadores de armas de fuego en los países que son parte del Convenio, incluyendo España. También afecta indirectamente a los usuarios finales de armas de fuego, ya que las normas actualizadas contribuyen a la seguridad y fiabilidad de las armas. Las disposiciones más relevantes son las modificaciones realizadas a las tablas TDCC para calibres específicos, incluyendo cambios en la denominación, dimensiones de cartuchos y recámaras, y marcajes alternativos. Se mencionan calibres como el .300 PRC, .338 Win. Short Mag., .350 Mag. Rigby, .44 Rem. Mag., entre otros. Estas modificaciones son cruciales para asegurar la compatibilidad y seguridad de las municiones y las armas de fuego. Estas decisiones entraron en vigor el 26 de mayo de 2021, y el documento es una notificación oficial de la Secretaría General Técnica de España, fechada el 14 de enero de 2022, para informar sobre la implementación de estas decisiones.

COMISIÓN INTERNACIONAL PERMANENTE PARA LA PRUEBA DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES

La Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego, haciendo referencia al Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de prueba de armas de fuego portátiles y al Reglamento, hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969, tiene el honor de poner en conocimiento de las Partes Contratantes las decisiones siguientes:

XXXV-20 a 24. Lista de tablas TDCC, nuevos calibres

Decisiones adoptadas en aplicación del párrafo 1 del artículo 5 del reglamento

XXXV-25 a 35. Lista de tablas TDCC, calibres revisados

Decisiones adoptadas en aplicación del párrafo 1 del artículo 5 del reglamento

Modificaciones realizadas a los calibres:

– 300 PRC: denominación, f cartucho, L3 + G, L3 recámara, G, s.

– 338 Win. Short Mag.: G1 cartucho.

– 350 Mag. Rigby: denominación, b, N, posición de la holgura.

– 350 N.º 2 Rigby: denominación, b, N, posición de la holgura.

– 400/350 NE: b, N, posición de la holgura.

– 7,5 DK: r2 recámara.

– 44 Rem. Mag.: marcaje alternativo.

– 44 Rem. Mag. (carb): marcaje alternativo.

– 345 TK G1 recámara, Alfa 1, h, i, F, Z, Q.

– 366 TKM: L6 cartucho, L3 + G, G recámara, Alfa 1, h, i, F, Z, Q.

– 40 x 46 BDLR X: holgura.

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Estas Decisiones de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles entraron en vigor, de forma general y para España, el 26 de mayo de 2021, de conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 8 del reglamento.

Madrid, 14 de enero de 2022.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.