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Corrección de erratas de la Circular 1/2023, de 24 de febrero, del Banco de España, a entidades de crédito, sucursales en España de entidades de crédito autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea y establecimientos financieros de crédito, sobre la información que se ha de remitir al Banco de España sobre los bonos garantizados y otros instrumentos de movilización de préstamos, y por la que se modifican la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y la Circular 4/2019, de 26 de noviembre, a establecimientos financieros de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.

BOE-A-2023-8226·1 de abril de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de erratas de la Circular 1/2023 del Banco de España, que afecta a entidades de crédito, sucursales en España de entidades de crédito de la UE y establecimientos financieros de crédito. El objeto es rectificar los anejos 1 a 5 de la circular original, relativos a la información que se debe remitir al Banco de España sobre bonos garantizados, instrumentos de movilización de préstamos, colchones de liquidez y emisiones de participaciones hipotecarias. Se publican los anejos íntegros y corregidos.

Advertidas erratas en los anejos de la Circular 1/2023, de 24 de febrero, del Banco de España, a entidades de crédito, sucursales en España de entidades de crédito autorizadas en otro Estado miembro de la Unión Europea y establecimientos financieros de crédito, sobre la información que se ha de remitir al Banco de España sobre los bonos garantizados y otros instrumentos de movilización de préstamos, y por la que se modifican la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y la Circular 4/2019, de 26 de noviembre, a establecimientos financieros de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 52, de 2 de marzo de 2023, se procede a publicar los anejos 1 a 5, íntegros y debidamente rectificados:

ANEJO 1

Información periódica que se ha de remitir en materia de admisibilidad de los activos y requisitos del conjunto de cobertura para el programa de bonos garantizados

ANEJO 2

Información periódica que se ha de remitir sobre el requisito de colchón de liquidez del conjunto de cobertura para el programa de bonos garantizados

ANEJO 3

Información periódica que se ha de remitir sobre los instrumentos de movilización de créditos o préstamos garantizados con primera hipoteca mobiliaria o primera prenda sin desplazamiento

ANEJO 4

Información que se ha de remitir sobre el requisito de colchón de liquidez del conjunto de cobertura para los instrumentos de movilización de créditos o préstamos garantizados con primera hipoteca mobiliaria o primera prenda sin desplazamiento

ANEJO 5

Información que se ha de remitir sobre las emisiones de participaciones hipotecarias y certificados de transmisión de hipoteca

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.