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Corrección de erratas de la Resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del Convenio colectivo de productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas.

BOE-A-2020-1227·28 de enero de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de erratas a la Resolución de la Dirección General de Trabajo del 14 de enero de 2020, que registraba y publicaba el Acuerdo parcial del Convenio Colectivo entre productores de obras audiovisuales y actores. El objeto principal de esta corrección es subsanar un error detectado en la publicación original del convenio colectivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Específicamente, corrige una cifra incorrecta en la tabla de salarios para actores que trabajan en televisión. Esta corrección afecta directamente a los productores de obras audiovisuales y a los actores que prestan servicios en dichas producciones, ya que impacta en la tabla salarial que regula sus condiciones laborales. La disposición más relevante es la rectificación del salario semanal para actores en la categoría de "Reparto" en televisión. El texto original indicaba un salario de "1.170,21 €", mientras que la corrección establece el salario correcto en "1.710,21 €". Esta corrección asegura que el convenio colectivo refleje con precisión el acuerdo salarial negociado entre las partes. En resumen, el documento busca asegurar la exactitud y correcta aplicación del convenio colectivo, protegiendo los derechos salariales de los actores.

Advertida errata en la publicación de la Resolución de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo parcial del Convenio colectivo de productores de obras audiovisuales y actores que prestan servicios en las mismas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 20, de fecha 23 de enero de 2020, páginas 6880 a 6883, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.

En la página 6882, en el anexo I «Convenio colectivo producción audiovisual actores», en la tabla «Televisión», fila: «Reparto», columna: «Por semana», donde dice: «1.170,21 €», debe decir: «1.710,21 €».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.