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Corrección de erratas de la Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial, SA.

BOE-A-2018-3158·6 de marzo de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Erratas a la Resolución de la Dirección General de Empleo del 16 de febrero de 2018, que registraba y publicaba el Convenio Colectivo de Unidad Editorial, S.A., previamente publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objeto principal de esta corrección es subsanar un error detectado en la tabla de "Grupos Profesionales y Niveles" dentro del convenio colectivo. Específicamente, afecta al Grupo Profesional "Gestión/Comercial", Grupo 2, Nivel VIII, corrigiendo el salario anual (SA) expresado en euros. Esta corrección afecta directamente a los empleados de Unidad Editorial, S.A. que se encuentren dentro del Grupo Profesional "Gestión/Comercial", Grupo 2, Nivel VIII, ya que impacta en la precisión de su salario anual reflejado en el convenio colectivo. La disposición más relevante es la siguiente: En la página 25024 del BOE donde se publicó originalmente la resolución, en la tabla de "Grupos Profesionales y Niveles", en la sección "Gestión/Comercial", "Grupo 2", "Nivel VIII", columna "SA – Euros", donde incorrectamente se indicaba "21.551,68", debe leerse correctamente "25.551,68"**. En resumen, este documento rectifica un error numérico en la tabla salarial del convenio colectivo de Unidad Editorial, asegurando la correcta aplicación de las condiciones salariales para un grupo específico de empleados.

Advertida errata en la inserción de la Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Unidad Editorial, S.A., publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 52, de fecha 28 de febrero de 2018, páginas 25012 a 25024, se transcribe a continuación la oportuna rectificación: En la página 25024, «Grupos Profesionales y Niveles», segunda tabla, «Gestión/Comercial», «Grupo 2», «Nivel VIII», columna «SA

– Euros», donde dice: «21.551,68», debe decir: «25.551,68».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.