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Corrección de erratas de la Resolución de 19 de abril de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el XXII Convenio colectivo de banca.

BOE-A-2012-6209·9 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Erratas a la Resolución de la Dirección General de Empleo del 19 de abril de 2012, que a su vez registra y publica el XXII Convenio Colectivo de Banca. El objeto principal del documento es rectificar errores detectados en la publicación original del Convenio Colectivo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Esta corrección afecta directamente a todos los empleados y empleadores del sector bancario en España, así como a cualquier persona o entidad que consulte o se rija por el XXII Convenio Colectivo de Banca. Disposiciones más relevantes: El documento corrige dos errores específicos en la publicación original del Convenio Colectivo: 1. Corrección de una fórmula matemática en el artículo 36.4: Se corrige una fórmula, reemplazando una expresión incorrecta por la correcta. Este artículo probablemente se refiere a un cálculo específico relacionado con las condiciones laborales o salariales de los empleados del sector. La corrección de la fórmula asegura la correcta aplicación del convenio en este aspecto. 2. Inclusión del encabezamiento "Cláusulas adicionales y Disposiciones finales": Se añade un encabezamiento que fue omitido antes de la "Cláusula adicional primera. Protocolo de empleo". Esta adición clarifica la estructura del documento y facilita la correcta interpretación de las cláusulas adicionales y disposiciones finales del Convenio Colectivo. En resumen, esta corrección de erratas tiene como objetivo garantizar la precisión y la correcta interpretación del XXII Convenio Colectivo de Banca, asegurando que tanto empleados como empleadores tengan acceso a la información correcta y completa para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones.

Advertidas erratas en la publicación de la Resolución de 19 de abril de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el XXII Convenio colectivo de banca, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, de fecha 5 de mayo de 2012, páginas 34123 a 34158, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 34143, artículo 36.4, en la fórmula donde dice:

debe decir:

En la página 34156, antes de la «Cláusula adicional primera. Protocolo de empleo», debe figurar el siguiente encabezamiento que por error fue omitido: «Cláusulas adicionales y Disposiciones finales».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.