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Corrección de erratas en la Resolución de 16 de agosto de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Corporación empresarial Roca, SA y Roca Sanitario, SA.

BOE-A-2010-15425·8 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Erratas a la Resolución de la Dirección General de Trabajo que registró y publicó el III Convenio Colectivo de Corporación Empresarial Roca, S.A. y Roca Sanitario, S.A., publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 26 de agosto de 2010. El objeto principal de este documento es subsanar errores tipográficos detectados en la tabla de horas de vinculación que determina los pagos relacionados con la antigüedad de los trabajadores. Específicamente, corrige dos errores en la columna correspondiente a los "Oficiales Especialistas". A quién afecta: Este documento afecta directamente a los trabajadores de Corporación Empresarial Roca, S.A. y Roca Sanitario, S.A. que estén clasificados como "Oficiales Especialistas" y que tengan una antigüedad de 6 o 16 años, ya que modifica los importes a pagar por concepto de antigüedad en las tablas de horas de vinculación correspondientes a las vacaciones y quinquenios. Disposiciones más relevantes: Se corrige el importe a pagar por antigüedad de 16 años en el sobre promedio de vacaciones para los Oficiales Especialistas, pasando de 41,50 a 41,60. Se corrige el importe a pagar por antigüedad de 6 años en el sobre quinquenios para los Oficiales Especialistas, pasando de 12,65 a 12,66. En resumen, la corrección es de carácter menor, pero importante para garantizar la correcta aplicación del convenio colectivo y evitar errores en el cálculo de las retribuciones de los trabajadores afectados.

Corrección de erratas en el texto del III Convenio colectivo de Corporación Empresarial Roca, S. A. y Roca Sanitario, S. A., registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 16 de agosto de 2010, en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 207, de 26 de agosto de 2010, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones.

En la página 74421, tabla de horas de vinculación, horas a pagar, en sobre promedio de vacaciones, en la columna de Oficiales especialistas, donde dice: «Antigüedad: 16 años ……..41,50», debe decir: «Antigüedad: 16 años………41,60».

En la página 74421, tabla de horas de vinculación, horas a pagar, en sobre quinquenios, en la columna de Oficiales especialistas donde dice: «Antigüedad: 6 años……12,65», debe decir: «Antigüedad: 6 años……12,66».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.