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Corrección de error de las Enmiendas de 2006 al Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, adoptadas, el 8 de diciembre de 2006 mediante Resolución MSC 227(82).

BOE-A-2010-4849·24 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una corrección de un error en la publicación de las Enmiendas de 2006 al Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974. Estas enmiendas fueron adoptadas el 8 de diciembre de 2006 mediante la Resolución MSC 227(82) y publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de España. El documento afecta a todas las partes interesadas en la aplicación y cumplimiento del Convenio SOLAS, incluyendo administraciones marítimas, armadores, constructores navales, inspectores y cualquier persona o entidad relacionada con la seguridad marítima. La corrección se refiere a una referencia incorrecta al artículo del Convenio SOLAS. En la publicación original, se mencionaba el artículo VIII b) vi) 2), mientras que la referencia correcta es el artículo VIII b) vii) 2). Esta corrección es crucial para la correcta interpretación y aplicación de las enmiendas, ya que el artículo al que se hace referencia define los procedimientos para la entrada en vigor de las enmiendas al Convenio SOLAS. La precisión en la referencia legal es esencial para garantizar la validez y aplicabilidad de las enmiendas. En resumen, el documento busca subsanar un error técnico para asegurar la correcta implementación del Convenio SOLAS y sus enmiendas.

Advertido error en la publicación de las Enmiendas de 2006 al Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 234, de 30 de septiembre de 1999), adoptadas, el 8 de diciembre de 2006 mediante Resolución MSC 227(82). Publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 188, de 5 de agosto de 2009, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:

Página 66818, punto 3, segunda línea, donde dice: «…de conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) vi) 2) del Convenio...»; debería decir: «...De conformidad con lo dispuesto en el artículo VIII b) vii) 2) del Convenio…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.