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Corrección de errores a las Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017), adoptadas en Ginebra el 3 de julio de 2017.

BOE-A-2018-5060·14 de abril de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español. Su objeto principal es rectificar una fecha incorrecta que aparece en la publicación original de las Enmiendas a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017). Estas enmiendas fueron adoptadas en Ginebra el 3 de julio de 2017. La corrección afecta a todos aquellos que consulten o apliquen las Enmiendas al ADR 2017 publicadas en el BOE, incluyendo empresas de transporte de mercancías peligrosas, fabricantes de embalajes y recipientes, cargadores, descargadores, consultores de seguridad, autoridades competentes y cualquier persona involucrada en la cadena de transporte de mercancías peligrosas por carretera. La disposición más relevante es la rectificación de la fecha de entrada en vigor de las enmiendas. El texto original indicaba erróneamente que las enmiendas entraron en vigor el 3 de enero de 2017. La corrección establece que la fecha correcta de entrada en vigor, tanto a nivel general como para España, es el 3 de enero de 2018. Esta corrección es crucial para la correcta aplicación de la normativa y el cumplimiento de las obligaciones legales en materia de transporte de mercancías peligrosas. En esencia, el documento asegura que la fecha de cumplimiento de las nuevas regulaciones sea la correcta, evitando posibles confusiones o interpretaciones erróneas.

Advertido error en estas Enmiendas, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de 20 de febrero de 2018, se transcribe a continuación la oportuna corrección:

Página 19390, penúltimo párrafo, donde dice:

«Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 3 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera»,

debe decir:

«Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 3 de enero de 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.