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Corrección de errores a las Enmiendas al Anejo I del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), adoptadas en Ginebra el 13 de octubre de 2017 y el 12 de octubre de 2018.

BOE-A-2020-10653·15 de septiembre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de las Enmiendas al Anejo I del Acuerdo ATP sobre transportes internacionales de mercancías perecederas. Afecta a quienes aplican dicho acuerdo, específicamente al Apéndice 2, iii) sobre unidades multicompartimento. Se corrige un error de formato en el octavo párrafo, sustituyendo viñetas por letras para enumerar las condiciones de conformidad.

Advertidos errores en el texto de estas enmiendas, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 19 de agosto de 2020, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

– Página 71382, 7. Apéndice 2 del anejo 1, iii) Unidades multicompartimento, octavo párrafo, donde dice:

«La unidad se considerará conforme si se cumplen las dos condiciones siguientes:

• En todos los compartimentos se ha alcanzado la temperatura de la clase en el límite de tiempo que figura en la tabla del punto i). Para determinar este límite, se seleccionará la temperatura exterior media más baja (más fría) de los dos conjuntos de medidas obtenidos con los dos sensores exteriores.

Los resultados de los ensayos suplementarios que proceda realizar de los mencionados en el punto iii) son satisfactorios.»

Debe decir:

«La unidad se considerará conforme si se cumplen las dos condiciones siguientes:

a) En todos los compartimentos se ha alcanzado la temperatura de la clase en el límite de tiempo que figura en la tabla del punto i). Para determinar este límite, se seleccionará la temperatura exterior media más baja (más fría) de los dos conjuntos de medidas obtenidos con los dos sensores exteriores.

b) Los resultados de los ensayos suplementarios que proceda realizar de los mencionados en el punto iii) son satisfactorios.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.