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Corrección de errores a las Enmiendas de 2016 al Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI), adoptadas en Londres el 19 de mayo de 2016 mediante Resolución MSC.403(96).

BOE-A-2021-6665·26 de abril de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español. Su objeto principal es rectificar errores detectados en el texto de las Enmiendas de 2016 al Código Internacional de Sistemas de Seguridad contra Incendios (Código SSCI), que fueron adoptadas en Londres el 19 de mayo de 2016 mediante la Resolución MSC.403(96) y publicadas previamente en el BOE. Esta corrección afecta a todas las partes interesadas en el cumplimiento y aplicación del Código SSCI, incluyendo a armadores, astilleros, fabricantes de equipos de seguridad contra incendios, inspectores, autoridades marítimas y cualquier entidad relacionada con la seguridad de la vida humana en el mar. Las correcciones son de carácter técnico y se refieren a dos puntos específicos: 1. Corrección en la referencia a la resolución de adopción del Código SSCI: Se corrige la frase "de cumplimiento obligatorio en virtud del capítulo 11-2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974" por "que ha adquirido carácter obligatorio en virtud del capítulo II-2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974". El cambio es sutil, pero importante para la precisión legal. 2. Corrección en la referencia a la definición de "Helicubierta" en el Convenio SOLAS: Se corrige la referencia a la regla "11-2/3.26" por "II-2/3.26". Esta corrección asegura la correcta ubicación de la definición dentro del Convenio SOLAS. En resumen, este documento legal busca garantizar la exactitud y la correcta interpretación del Código SSCI, corrigiendo errores menores pero relevantes para su aplicación efectiva en la seguridad marítima.

Advertidos errores en el texto de las Enmiendas de 2016 al Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI), adoptadas en Londres el 19 de mayo de 2016 mediante Resolución MSC.403(96), publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 53, de 3 de marzo de 2021, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

– Página 25009,

Donde dice:

Tomando nota de la resolución MSC.98(73), mediante la cual adoptó el Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios («el Código SSCI»), de cumplimiento obligatorio en virtud del capítulo 11-2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 («el Convenio»),

Debe decir:

Tomando nota de la resolución MSC.98(73), mediante la cual adoptó el Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios («el Código SSCI»), que ha adquirido carácter obligatorio en virtud del capítulo II-2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 («el Convenio»),

– Página 25010,

Donde dice:

2.5 Helicubierta: Según la definición de la regla 11-2/3.26 del Convenio SOLAS.

Debe decir:

2.5 Helicubierta: Según la definición de la regla II-2/3.26 del Convenio SOLAS.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.