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Corrección de errores al Acuerdo de Servicio de Préstamo entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas, y la República Helénica como Prestatario y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecho en Bruselas y Atenas el 8 de mayo de 2010. Aplicación provisional.

BOE-A-2011-20469·29 de diciembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de error del BOE sobre la aplicación provisional del Acuerdo de Servicio de Préstamo de 2010 entre varios estados miembros del euro y KfW como prestamistas, y Grecia como prestatario. Afecta a la fecha de aplicación provisional del acuerdo. Se rectifica la fecha de aplicación provisional del 8 de mayo de 2010 al 11 de mayo de 2010.

Advertido error en el texto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 117, de 13 de mayo de 2010, relativo a la Aplicación provisional del Acuerdo de Servicio de Préstamo entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro: el Reino de Bélgica, Irlanda, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y la República de Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania, como Prestamistas, y la República Helénica como Prestatario y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, hecho en Bruselas y Atenas el 8 de mayo de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Página 42178, donde dice:

«El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 8 de mayo de 2010, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 15.2.»

Debe decir:

«El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 11 de mayo de 2010, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 15.2.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.