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Corrección de errores de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

BOE-A-2012-12687·11 de octubre de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Circular 5/2012 del Banco de España, dirigida a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en la versión original de la Circular, publicada en el Boletín Oficial del Estado. A quién afecta: Esta corrección afecta directamente a las entidades de crédito y proveedores de servicios de pago que deben aplicar la Circular 5/2012. Indirectamente, afecta a los clientes de estas entidades, ya que la Circular regula la transparencia de los servicios bancarios y la responsabilidad en la concesión de préstamos, aspectos que impactan directamente en la relación entre la entidad y el cliente. Disposiciones más relevantes: La corrección de errores se centra en los siguientes aspectos: Reordenación de letras en la norma décima: Se corrige la numeración de las letras en el apartado 2 de la norma décima, moviendo una parte del texto a una nueva letra "d" y reenumerando las siguientes. Corrección terminológica: Se sustituye la expresión "cuentas a la vista" por "cuentas de depósito" en la norma decimosexta y en el anejo 2, para mayor precisión. En el anejo 2, también se corrige "cuentas corrientes" por "cuentas a la vista" en el apartado 1. Corrección de referencias a artículos de la Orden: Se corrige una referencia incorrecta a artículos de una Orden en el apartado 1.4.3 del anejo 3, intercambiando las referencias a los apartados y artículos correctos. Aclaración en el anejo 9: Se especifica que la fila del cuadro referente a préstamos hipotecarios se refiere a aquellos "a más de tres años" para la adquisición de vivienda libre. En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la correcta interpretación y aplicación de la Circular 5/2012, evitando confusiones y garantizando la transparencia y responsabilidad en los servicios bancarios.

Advertidos errores en la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, de 6 de julio de 2012, procede efectuar las siguientes rectificaciones:

En la página 48869, norma décima, la letra c) del apartado 2 debe finalizar donde dice «quedarán extinguidas» y lo que sigue hasta la siguiente letra, debe referenciarse como letra d). En la página 48870, las letras d) y e) pasan a ser las letras e) y f) de dicho apartado 2.

En la página 48876, norma decimosexta, apartado 3, párrafo primero, donde dice «cuentas a la vista», debe decir «cuentas de depósito».

En la página 48886, anejo 2, tanto en su título como en el enunciado del apartado 2, donde dice «cuentas corrientes», debe decir «cuentas de depósito». Y en el apartado 1, donde dice «cuentas corrientes», debe decir «cuentas a la vista».

En la página 48890, anejo 3, apartado 1.4.3, donde dice «contemplado en el artículo 25 de la Orden, o en el documento separado al que se refiere el apartado 2 del artículo 26 de la Orden», debe decir «contemplado en el apartado 2 del artículo 24 de la Orden, o en el previsto en el artículo 25 de la Orden».

En la página 48906, anejo 9, en la primera columna del cuadro, donde dice «Préstamos con garantía hipotecaria para adquisición de vivienda libre (2)», debe decir «Préstamos con garantía hipotecaria a más de tres años para adquisición de vivienda libre (2)».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.