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Corrección de errores de la Ley 10/1996, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997.

BOE-A-2012-875·20 de enero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley 10/1996, de 27 de diciembre, que aprobó los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 1997. El objeto principal de esta corrección es subsanar una inexactitud detectada en el Anexo I de la ley original, específicamente en la sección referente a los Créditos de Compromiso de la Administración General. El error se encuentra en las cifras correspondientes a la "SECCIÓN/PROGRAMA 06 TOTAL SECCIÓN" para los años 1998, 1999, 2000, 2001, RESTO y el TOTAL. Esta corrección afecta directamente a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y, de manera indirecta, a todos los ciudadanos y entidades que se benefician o se ven afectados por los presupuestos autonómicos. La disposición más relevante es la sustitución de la tabla errónea por la tabla corregida. La tabla original mostraba cifras incorrectas para los créditos de compromiso, mientras que la tabla corregida presenta los valores correctos para cada año y el total. En resumen, la corrección modifica los importes asignados a la "SECCIÓN/PROGRAMA 06 TOTAL SECCIÓN" en el Anexo I de la Ley de Presupuestos de 1997, asegurando la exactitud y la correcta ejecución del presupuesto. El documento aclara que la ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, sin perjuicio de su vigencia actual.

Advertido error en el texto de la citada Ley, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 251, de 31 de diciembre de 1996, se procede a su oportuna corrección:

En el anexo I, referente a los Créditos de Compromiso de la Administración General, donde dice:

Debe decir:

. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]

«SECCIÓN/PROGRAMA

1998

1999

2000

2001

RESTO

TOTAL

06 TOTAL SECCIÓN.

11.506

6.943

6.199

1.558

448

26.655»

«SECCIÓN/PROGRAMA

1998

1999

2000

2001

RESTO

TOTAL

06 TOTAL SECCIÓN.

11.897

7.336

6.609

1.558

448

27.849»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.