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Corrección de errores de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019.

BOE-A-2019-7285·16 de mayo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019. Su objeto principal es rectificar imprecisiones y errores detectados en la versión original de la ley presupuestaria. Esta corrección afecta principalmente a: El personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario, funcionarios interinos y personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, en lo referente a sus retribuciones. Las entidades beneficiarias de subvenciones nominativas incluidas en el Anexo I de la Ley de Presupuestos. La correcta interpretación y aplicación de la Ley de Presupuestos por parte de las administraciones y los ciudadanos. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección de referencias cruzadas: Se corrigen las referencias al artículo 26, que deben ser al artículo 27, en los artículos 23, 28 y 29 de la ley, relacionados con las retribuciones del personal del sector público. Corrección en la disposición adicional decimosexta: Se corrige la referencia a la disposición adicional primera, apartado 7, que debe ser a la disposición adicional decimotercera, apartado 7, en relación con las medidas en materia de personal del sector público regional. Corrección de errores en subvenciones nominativas: Se corrigen errores de denominación en el Anexo I de la Ley, específicamente en las subvenciones a la "Asociación APN Colectivos Desfavorecidos o con riesgo de exclusión social" que debe ser "A EAPN Colectivos Desfavorecidos o con riesgo de exclusión social" y a la "Asociación ANIÑAR, Ayuda a menores en situación de riesgo" que debe ser "A ANAR, Ayuda a menores en situación de riesgo". En resumen, esta corrección de errores busca garantizar la precisión y la correcta aplicación de la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para el año 2019, evitando confusiones y asegurando que las disposiciones se interpreten y ejecuten de acuerdo con la intención original del legislador.

Detectados errores en la Ley 14/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 40, de 15 de febrero de 2019, debe procederse a la corrección en los siguientes términos:

– En el artículo 23, referente a «Retribuciones del personal del sector público regional sometido a régimen administrativo y estatutario», apartado a), donde dice: «artículo 26, apartado b), de esta ley», debe decir: «artículo 27, apartado b), de esta ley».

– En el artículo 28, referente a «Retribuciones del personal funcionario interino», donde dice: «artículo 26, apartado b) de la presente ley», debe decir: «artículo 27, apartado b), de la presente ley».

– En el artículo 29, referente a «Retribuciones del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud», apartado 1, las referencias que se hacen al artículo 26 de esta ley deben hacerse al artículo 27 de esta ley.

– En la disposición adicional decimosexta, referente a Medidas en materia de personal del sector público regional, en el apartado 1, letra i), donde dice: «disposición adicional primera, apartado 7», debe decir: «disposición adicional decimotercera, apartado 7».

– «En los proyectos de gasto de subvenciones nominativas incluidos en anexo I de la citada Ley, donde dice: «46131 Subvención Asociación APN Colectivos Desfavorecidos o con riesgo de exclusión social», debe decir: «46131 A EAPN Colectivos Desfavorecidos o con riesgo de exclusión social», y donde dice:  «46132 A la Asociación ANIÑAR, Ayuda a menores en situación de riesgo», debe decir: «46132 A ANAR, Ayuda a menores en situación de riesgo».

(Publicado en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 71, de 27 de marzo de 2019)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.