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Corrección de errores de la Ley 17/2018, de 11 de julio, de modificación de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat.

BOE-A-2018-13191·29 de septiembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 17/2018 de la Generalitat Valenciana, que modifica la Ley 21/2017 sobre medidas fiscales, administrativas, financieras y de organización. Afecta a las tarifas aplicables a la gestión de residuos. Se sustituye el término "vertido" por "depósito" en las operaciones con residuos no peligrosos y peligrosos susceptibles de valorización.

Advertidos diversos errores en el texto de la Ley 17/2018, de 11 de julio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 14 de septiembre de 2018, hay que efectuar las siguientes correcciones:

En el apartado 4,

donde dice:

«2. En virtud de lo anterior, la tabla de gravámenes, para cada operación de gestión de residuos y tipo de residuo, es la siguiente:

a) En el caso de residuos no peligrosos, excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, cuando sean susceptibles de valorización, 7,5 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada, para las operaciones de vertido de residuos no peligrosos excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, así como incineración y coincineración sin recuperación de energía.

b) En el caso de residuos procedentes de construcción y demolición, 1 euro por metro cúbico, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de metro cúbico, para las operaciones de vertido.

c) En el caso de residuos peligrosos, cuando sean susceptibles de valorización, 30 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada, para las operaciones de vertido de residuos peligrosos excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, así como incineración y coincineración sin recuperación de energía.

d) En el caso de residuos peligrosos, 15 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada, para las operaciones de valorización energética de residuos»;

Debe decir:

«2. En virtud de lo anterior, la tabla de gravámenes, para cada operación de gestión de residuos y tipo de residuo, es la siguiente:

a) En el caso de residuos no peligrosos, excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, cuando sean susceptibles de valorización, 7,5 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada para las operaciones de depósito de residuos no peligrosos excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, así como incineración y coincineración sin recuperación de energía.

b) En el caso de residuos procedentes de construcción y demolición, 1 euro por metro cúbico, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de metro cúbico, para las operaciones de depósito.

c) En el caso de residuos peligrosos, cuando sean susceptibles de valorización, 30 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada, para las operaciones de depósito de residuos peligrosos excluidos los residuos procedentes de la construcción y demolición, así como incineración y coincineración sin recuperación de energía.

d) En el caso de residuos peligrosos, 15 euros por tonelada métrica, prorrateándose la parte correspondiente a cada fracción de tonelada, para las operaciones de valorización energética de residuos».

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana», número 8.381, de 12 de septiembre de 2018)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.