Habiendo observado errores en la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 31 de 5 de febrero de 2021, se detallan a continuación las correspondientes correcciones:
En la página 25 (apartado 2 de la disposición derogatoria de la Ley):
Donde dice:
«2. Se derogan las letras b, c y de del artículo 124 del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.»
Debe decir:
«2. Se derogan las letras b, c y d del artículo 124 del Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.»
En la página 26 (apartado 1 de la disposición final segunda de la Ley):
Donde dice:
«1. Se modifica la letra c del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, que queda redactada del siguiente modo:
"c) Los actos a que se refiere el artículo 187 bis, excepto los de las letras g e y, que se realicen en suelo no urbanizable y urbanizable no delimitado".»
Debe decir:
«1. Se modifica la letra c del apartado 2 del artículo 187 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, que queda redactada del siguiente modo:
"c) Los actos a que se refiere el artículo 187 bis, excepto los de las letras g e i, que se realicen en suelo no urbanizable y urbanizable no delimitado".»
En la página 49 (anexo de la Ley):
Donde dice:
Debe decir:
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8332, de 3 de febrero de 2021)