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Corrección de errores de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de Tasas.

BOE-A-2018-6404·14 de mayo de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 20/2017 de Tasas de la Generalitat Valenciana, publicada en el BOE. Afecta a los contribuyentes que se benefician de exenciones o bonificaciones en las tasas. Se corrigen las referencias a los puntos del artículo 14.4-5, sustituyendo las menciones erróneas a los puntos 11 y 12 por las correctas, que son los puntos 7 y 8, en diversos apartados del artículo 14.4-2 y en el artículo 14.4-6.

Advertidos errores en el texto de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 38, de 12 de febrero de 2018, se procede a la corrección siguientes:

En la letra c) del artículo 14.4-2, donde dice: «c) Los contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial, excepto en los casos de los puntos 11 y 12 del artículo 14.4-5.», debe decir: «c) Los contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial, excepto en los casos de los puntos 7 y 8 del artículo 14.4-5.»

En la letra d) del artículo 14.4-2, donde dice: «d) En los supuestos de los puntos 11 y 12 del artículo 14.4-5, los contribuyentes que se encuentren inscritos como demandantes legales de empleo con una antigüedad mínima de tres meses, referida a la fecha de la respectiva inscripción.», debe decir: «d) En los supuestos de los puntos 7 y 8 del artículo 14.4-5, los contribuyentes que se encuentren inscritos como demandantes legales de empleo con una antigüedad mínima de tres meses, referida a la fecha de la respectiva inscripción.»

En la letra h) del artículo 14.4-2, donde dice: «h) Los contribuyentes que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia, excepto en los casos de los puntos 11 y 12 del artículo 14.4-5.», debe decir: «h) Los contribuyentes que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia, excepto en los casos de los puntos 7 y 8 del artículo 14.4-5.»

En la letra b) del artículo 14.4-6, donde dice: «b) Excepto en los casos de los puntos 11 y 12 del artículo 14.4-5, una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra en los casos de contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general.», debe decir: «b) Excepto en los casos de los puntos 7 y 8 del artículo 14.4-5, una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra en los casos de contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia monoparental de categoría general.»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» núm. 8269, de 9 de abril de 2018).

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.