Advertidos errores en la citada Ley, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 22 de julio de 1987, se procede a continuación a la subsanación de los mismos.
En el apartado 1 del artículo 3, donde dice: «previstas en las letras c) párrafo 2.º y d) párrafos 1.º y 2.º del número 4 del artículo anterior», debe decir: «previstas en las letras c) y d) del número 4 del artículo anterior».
En el apartado 3 del artículo 36, al final,
Donde dice:
Debe decir:
En el anexo I, al referirse a los créditos de compromiso de los Organismos Autónomos,
Donde dice:
Debe decir:
En el Anexo III, en el primer párrafo,
Donde dice: «Conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley».
Debe decir: «Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de esta Ley».
En el Anexo IV en el tercer párrafo del Programa 03060 Pesca,
Donde dice: «... explicación: «Prospección de nuevos calderos».
Debe decir: «... explicación: «Prospección de nuevos caladeros».
. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual.]
«CURSOS MONOGRÁFICOS
Por mes
–
3.95
3.95
3.950»
«CURSOS MONOGRÁFICOS
Por mes
–
3.93
3.93
3.930»
«OSAKIDETZA
Asistencia Sanitaria
250
150
–
–
–
–
350,00
TOTAL ORGANISMOS AUTÓNOMOS
250
150
–
–
–
–
350,00»
«OSAKIDETZA
Asistencia Sanitaria
250
100
–
–
–
–
350,00
TOTAL ORGANISMOS AUTÓNOMOS
250
100
–
–
–
–
350,00»