Advertidos errores en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 177, de 25 de julio de 2015, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 62800, en el artículo 59, apartado 4, donde dice: «Cuando la patente tenga por objeto un producto que contenga información genética o que consista en información genética, los derechos conferidos por la patente se extenderán, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 5, a toda materia a la que se incorpore el producto y en la que se contenga y ejerza su función la información genética.», debe decir: «Cuando la patente tenga por objeto un producto que contenga información genética o que consista en información genética, los derechos conferidos por la patente se extenderán, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 5, a toda materia a la que se incorpore el producto y en la que se contenga y ejerza su función la información genética.»
En la página 62806, en el artículo 79, apartado 5, donde dice: «Inscrito en el Registro de Patentes alguno de los derechos o gravámenes contemplados en el artículo 81.1,...», debe decir: «Inscrito en el Registro de Patentes alguno de los derechos o gravámenes contemplados en el artículo 82.1,...».
En la página 62830, en el artículo 146, apartado 3, donde dice: «… se funda en alguna de las causas previstas en el artículo 145 de esta Ley.», debe decir: «… se funda en alguna de las causas previstas en el artículo 149 de esta Ley.».
En la página 62833, en el artículo 158, apartado 1b), donde dice: «Cuando se considere retirada por aplicación del artículo 90.3 del CPE en la medida en que se refiere al artículo 14.2 del mismo.», debe decir: «Cuando se considere rechazada por aplicación del artículo 90.5 del CPE en la medida en que se refiere al artículo 14.2 del mismo.».