resolucionVigente

Corrección de errores de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas.

BOE-A-2021-5139·1 de abril de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas, publicada previamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Su objeto principal es rectificar errores detectados en la publicación original de la ley. A quién afecta: Afecta principalmente a aquellos que aplican o se rigen por la Ley 4/2021, incluyendo administraciones públicas, empresas, profesionales y ciudadanos en general, especialmente en Galicia, donde la ley fue publicada también en el Diario Oficial de Galicia (DOG). La corrección asegura que la interpretación y aplicación de la ley se basen en el texto correcto y actualizado. Disposiciones más relevantes: El documento corrige tres errores específicos en la Ley 4/2021: 1. Artículo 3.2.siete: Se corrige una referencia errónea al subapartado del anexo 1. Se cambia "subapartado 8 del párrafo 07" a "subapartado 18 del párrafo 07". Esto es importante para la correcta interpretación del anexo y las medidas fiscales y administrativas que contiene. 2. Artículo 26.1.cuatro: Se corrige el título de la Disposición Adicional Décima, cambiando "No existencia de quorum en segunda convocatoria" a "No exigencia de quorum en segunda convocatoria". Este cambio afecta a las normas sobre el quorum necesario en las asambleas de cooperativas. 3. Artículo 26: Se corrige la numeración de un párrafo, cambiando el número "3" por "2". Esta corrección afecta a la aplicabilidad de las modificaciones a las cooperativas y su adaptación a la ley. En resumen, esta corrección de errores busca garantizar la precisión y la correcta aplicación de la Ley 4/2021, evitando confusiones y asegurando que todas las partes interesadas se basen en la versión correcta y actualizada de la ley.

Advertidos errores en la publicación de la Ley 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 72, de 25 de marzo de 2021, procede hacer las oportunas correcciones en el sentido que se indica a continuación.

En la página 5654, en el artículo 3.2.siete, donde dice: «Se modifica el subapartado 8 del párrafo 07 del anexo 1, que queda redactado como sigue:», debe decir: «Se modifica el subapartado 18 del párrafo 07 del anexo 1, que queda redactado como sigue:».

En la página 5731, en el artículo 26.1.cuatro, donde dice: «Disposición adicional décima. No existencia de quorum en segunda convocatoria», debe decir: «Disposición adicional décima. No exigencia de quorum en segunda convocatoria».

En la página 5732, en el artículo 26, donde dice: «3. Las modificaciones previstas en el número anterior serán aplicables directamente a las cooperativas con independencia de lo que dispongan sus estatutos. No obstante, cuando se pretenda modificar los estatutos vigentes, estos deberán adaptarse íntegramente a lo dispuesto en esta ley», debe decir: «2. Las modificaciones previstas en el número anterior serán aplicables directamente a las cooperativas con independencia de lo que dispongan sus estatutos. No obstante, cuando se pretenda modificar los estatutos vigentes, estos deberán adaptarse íntegramente a lo dispuesto en esta ley».

(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 40, de 1 de marzo de 2021)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.