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Corrección de errores de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

BOE-A-2007-2891·12 de febrero de 2007·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

Advertido error en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 30 de diciembre de 2006, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En las páginas 46599 y 46600, el anexo titulado: «Programa de fomento de empleo Ley para la mejora del crecimiento y del empleo (bonificaciones empresariales a la contratación laboral)», debe tener el siguiente contenido:

ANEXO

PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEOLEY PARA LA MEJORA DEL CRECIMIENTO Y DEL EMPLEO

(Bonificaciones empresariales a la contratación laboral)

Colectivos

Descripción

Cuantía anual(en euros)

Duración

BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA

Mujeres

Desempleadas, así como las víctimas de violencia de género [art. 2.1.a) y 2.4].

850

4 años

Contratadas en los 24 meses siguientes al parto (art. 2.1.b).

1.2

4 años

Contratadas después de 5 años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada, han trabajado, al menos, 3 años (art. 2.1.c).

1.2

4 años

Mayores de 45 años (art. 2.1.d).

1.2

Todala vigenciadel contrato

Jóvenes

De 16 a 30 años (art. 2.1.c).

800

4 años

Otros colectivos y situaciones especiales

Parados de al menos 6 meses y trabajadores en situación de exclusión social [arts. 2.1.f) y 2.5].

600

4 años

Personas con discapacidad (art. 2,2).

Mujeres condiscapacidad(art. 2.2.3)

Personasmayores de45 años condiscapacidad(art. 2.2.3)

Todala vigenciadel contrato

– En general (art. 2.2.1).

4.5

5.35

5.7

– En caso de discapacidad severa (art. 2.2.2).

5.1

5.95

6.3

Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación (art. 2.6).

500

4 años

PLAN EXTRAORDINARIO PARA LA CONVERSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN FIJO

Conversiones en indefinidos de contratos temporales, incluidos los contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, en todos los casos celebrados antes del 1 de julio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007 (art. 3).

800

3 años

BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL

Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo (art. 2.2.4).

Varones menores de 45 años

Varones mayores de 45 años

Mujeres menores de 45 años

Mujeres mayores de 45 años

Duración

– En general (art. 2.2.4).

3.5

4.1

4.1

4.7

Todala vigenciadel contrato

– En caso de discapacidad severa (art. 2.2.4).

4.1

4.7

4.7

5.3

Todala vigenciadel contrato

Víctimas de violencia de género o doméstica (art. 2.4).

600

Todala vigenciadel contrato

Personas en situación de exclusión social (art. 2.5).

500

Todala vigenciadel contrato

BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO

Contratos de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años (art. 4.1).

50 por 100 de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100.

Todala vigenciadel contrato

Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad (art. 4.2).

1.2

4 años

BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDADPOR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

Contratos indefinidos o temporales (art. 2.3).

100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta.

Todala vigenciadel contrato

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.