Advertidos errores en el texto de la citada Ley publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.° 1 de 2 de enero de 1985, se transcriben a continuación las correcciones pertinentes:
Página 6. Artículo 5.
Donde dice: «... apartado b) del artículo de la presente Ley...».
Debe decir: «... apartado b) del artículo 3 de la presente Ley...».
Página 7. Artículo 13. Apartado 4.
Donde dice: «... Otros gastos especificados en los apartados...».
Debe decir: «... Otros gastos no especificados en los apartados...».
Página 7. Artículo 13. Apartado c).
Donde dice: «... de los anteriores epígrafes no podrán...».
Debe decir: «... de los anteriores epígrafes no podrán...».
Página 8. Artículo 19.
Donde dice: «... De conformidad con los dispuesto...».
Debe decir:«... De conformidad con lo dispuesto...».
Página 8. Artículo 19. Apartado b).
Donde dice: «... No obstante los dispuesto...».
Debe decir: «... No obstante lo dispuesto...».
Página 9. Disposición adicional primera.
Donde dice: «... No obstante los dispuesto...».
Debe decir: «... No obstante lo dispuesto...».
Página 10. Disposición adicional tercera. Apartado b).
Donde dice: «... reserva para dotación de planes...».
Debe decir: «... reserva para dotaciones de planes...».
Página 10. Disposición adicional cuarta. Apartado c).
Donde dice: «... La aplicación de los dispuesto...».
Debe decir: «... La aplicación de lo dispuesto...».
. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual.]