Habiendo observado errores de la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, publicada en el BOE n.º 155, de 2 de junio de 2020, detallamos a continuación las correspondientes correcciones:
En artículo 14, apartado 6.
Donde dice:
«Los tipos de gravamen establecidos por los apartados 3, 4 y 5 se aplican en el caso de que la instalación o los elementos fijos se encuentren en desuso.»
Debe decir:
«Los tipos de gravamen establecidos por los apartados 3, 4 y 5 también se aplican en el caso de que la instalación o los elementos fijos se encuentren en desuso.»
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8275, de 19 de noviembre de 2020)