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Corrección de errores de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.

BOE-A-2026-6644·23 de marzo de 2026·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 5/2025, de Vivienda de Andalucía, publicada en el BOE. La corrección afecta a la disposición derogatoria única, letra f), del texto original. Se rectifica la enumeración de los artículos derogados del Decreto 149/2006, incluyendo la disposición adicional segunda que había sido omitida.

Detectado error en el texto publicado de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 7, de 8 de enero de 2026, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la letra f) de la disposición derogatoria única,

Donde dice:

«Los artículos 2, 3, 4, 5 de la disposición adicional segunda y los artículos 15, 30, 31, 32, 33, 34, 39, 40, 45, 46, 47, 48 y 49 del anexo I del Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.»;

Debe decir:

«Los artículos 2, 3, 4, 5, la disposición adicional segunda y los artículos 15, 30, 31, 32, 33, 34, 39, 40, 45, 46, 47, 48 y 49 del anexo I del Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.».

(Publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 49, de 12 de marzo de 2026)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.