Advertidos errores en el texto de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», n.º 29 de mayo de 2019, se procede a su corrección:
En el artículo 9.1.f),
donde dice: «f) Espacio cultural.»
debe decir: «f) Paisaje cultural.»
En el artículo 9.2.f),
donde dice:
«f) Espacio cultural: ámbito natural, terrestre, costero o fluvial, rural, urbano o periurbano en el que se identifican significados diversos, tanto tangibles como intangibles.»
debe decir:
«f) Paisaje cultural: ámbito natural, terrestre, costero o fluvial, rural, urbano o periurbano en el que se identifican significados diversos, tanto tangibles como intangibles.»
En el artículo 38.4, donde dice:
«4. Cualquier intervención en un jardín histórico, en un itinerario cultural o en un espacio cultural respetará los siguientes criterios:»
debe decir:
«4. Cualquier intervención en un jardín histórico, en un itinerario cultural o en un paisaje cultural, respetará los siguientes criterios:»
En el apartado 1 de la Disposición Derogatoria, donde dice:
«1. Queda derogada la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, salvo el Capítulo VI del Título III, relativo al patrimonio documental, así como el Capítulo I del Título V, sobre los servicios de archivos.»
Debe decir:
«1. Queda derogada la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, salvo el Capítulo VI del Título III, relativo al patrimonio documental, así como el Capítulo I del Título IV, sobre los servicios de archivos.»
(Publicado en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 109, de 11 de junio de 2019)