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Corrección de errores de la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

BOE-A-2012-1255·27 de enero de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Ley 9/2011 de la Generalitat Valenciana. Se rectifica un error material en el artículo 37, que modifica la Ley 13/1997 del IRPF, específicamente en la escala aplicable a las modalidades del juego del bingo no electrónico. La corrección afecta a los operadores de bingo, modificando el tipo impositivo para aquellos con ingresos superiores a 8.000.000 de euros, que pasa del 19% al 18%.

Advertido un error material en el texto de la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, publicada en elnúmero 6680, de 28 de diciembre de 2011, se procede a su corrección:

En el artículo 37, que modifica el artículo 15, apartado dos, punto 2, de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autónomico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Donde dice:

«2. En las modalidades del juego del bingo distintas del bingo electrónico, conforme a la siguiente escala:

Debe decir:

«2. En las modalidades del juego del bingo distintas del bingo electrónico, conforme a la siguiente escala:

(Publicada en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana» número 6.682, de 30 de diciembre de 2011)

Inferior o igual a 400.000

2

Entre 400.000,01 y 3.000.000

15

Entre 3.000.000,01 y 8.000.000

16

Más de 8.000.000

19»;

Inferior o igual a 400.000

2

Entre 400.000,01 y 3.000.000

15

Entre 3.000.000,01 y 8.000.000

16

Más de 8.000.000

18».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.