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Corrección de errores de la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019.

BOE-A-2019-3312·8 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019. Su objeto principal es rectificar una imprecisión detectada en el artículo 8.2.a) de dicha ley, específicamente en la denominación de un servicio dentro del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Esta corrección afecta principalmente al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y, por extensión, a todos los empleados y usuarios de los servicios mencionados en el artículo corregido. La corrección asegura la correcta identificación y asignación de recursos al "Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial". La disposición más relevante es la siguiente: Se corrige el artículo 8.2.a) de la Ley Foral 27/2018, sustituyendo la referencia incorrecta "Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica" por la denominación correcta "Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial". El resto del texto del artículo permanece inalterado, incluyendo la asignación presupuestaria de 52.416,14 euros. En resumen, el documento busca subsanar un error de denominación en la Ley de Presupuestos de Navarra para 2019, garantizando la precisión y claridad en la identificación de un servicio específico dentro del sistema de salud. La corrección no implica cambios en la asignación presupuestaria ni en las funciones del servicio, sino únicamente una aclaración en su nombre oficial.

Advertido un error en la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2019, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 20, de 23 de enero de 2019, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el artículo 8.2.a) la referencia al «Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica» debe sustituirse por «Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial», por lo que, donde dice:

«a) Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica; Servicio de Gestión Económica y de Profesionales de Salud Mental; Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica, Servicio de Gestión, Información y Evaluación, Servicio de Admisión y Atención al Ciudadano, Servicio de Personal y Relaciones Laborales y Servicio de Administración y Servicios Generales del Complejo Hospitalario de Navarra; Servicios de Profesionales y Servicios de Gestión Económica y Servicios Generales de Atención Primaria, del Área de Salud de Tudela y del Área de Salud de Estella/Lizarra; Servicio de Urgencias Extrahospitalarias; Servicios de Atención Primaria y Continuidad Asistencial de Tudela y Estella; Servicio de Cuidados Asistenciales de Salud Mental, Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria y Servicios de Cuidados Asistenciales del Área de Salud de Tudela y del Área de Salud de Estella/Lizarra; Servicio de Sistemas de información Sanitaria; Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial de Primaria y Servicios de Promoción de la Salud Comunitaria, y Servicio de Epidemiología y Prevención Sanitaria, Servicio de Salud Laboral, Servicio de Gestión Económica y de Profesionales, Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, Servicio de Régimen Jurídico y resto de servicios del Servicio Navarro de Salud­ Osasunbidea: 52.416,14 euros.»

Debe decir:

«a) Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica; Servicio de Gestión Económica y de Profesionales de Salud Mental; Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial, Servicio de Gestión, Información y Evaluación, Servicio de Admisión y Atención al Ciudadano, Servicio de Personal y Relaciones Laborales y Servicio de Administración y Servicios Generales del Complejo Hospitalario de Navarra; Servicios de Profesionales y Servicios de Gestión Económica y Servicios Generales de Atención Primaria, del Área de Salud de Tudela y del Área de Salud de Estella/Lizarra; Servicio de Urgencias Extrahospitalarias; Servicios de Atención Primaria y Continuidad Asistencial de Tudela y Estella; Servicio de Cuidados Asistenciales de Salud Mental, Servicio de Cuidados Asistenciales y Atención Domiciliaria y Servicios de Cuidados Asistenciales del Área de Salud de Tudela y del Área de Salud de Estella/Lizarra; Servicio de Sistemas de información Sanitaria; Servicio de Apoyo a la Gestión Clínica y Continuidad Asistencial de Primaria y Servicios de Promoción de la Salud Comunitaria, y Servicio de Epidemiología y Prevención Sanitaria, Servicio de Salud Laboral, Servicio de Gestión Económica y de Profesionales, Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, Servicio de Régimen Jurídico y resto de servicios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea: 52.416,14 euros.»

(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 36, de 21 de febrero de 2019)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.