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Corrección de errores de la Orden EHA/1665/2010, de 11 de junio, por la que se desarrollan los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo.

BOE-A-2010-10886·9 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Orden EHA/1665/2010, de 11 de junio, que a su vez desarrolla los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en la publicación original de la Orden EHA/1665/2010 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No introduce nuevas regulaciones, sino que rectifica imprecisiones en el texto ya existente. Esta corrección afecta principalmente a las empresas de servicios de inversión y a las demás entidades que prestan servicios de inversión, ya que la Orden original regula aspectos relacionados con sus tarifas y contratos-tipo. También afecta indirectamente a los inversores, ya que la correcta aplicación de la normativa influye en la transparencia y claridad de la información que reciben. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son las siguientes: Corrección en el artículo 7.1, letra k): Se sustituye "método de evolución" por "método de evaluación" en la descripción de la información requerida sobre la comparación de tarifas. Corrección en la Disposición Transitoria Única (Validez de los folletos y contratos-tipo de las entidades): Se corrigen las referencias a los artículos de la Orden, pasando de los artículos 3, 5 y 6 a los artículos 2, 4, 6 y 7. Corrección en la Disposición Transitoria Única (Validez de los folletos y contratos-tipo de las entidades):** Se corrige la referencia al artículo sobre el régimen de publicidad, pasando del artículo 7 al artículo 9. En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la correcta interpretación y aplicación de la Orden EHA/1665/2010, garantizando la claridad y precisión de la normativa que regula las tarifas y contratos-tipo de las empresas de servicios de inversión.

Advertido error en la publicación de la Orden EHA/1665/2010, de 11 de junio, por la que se desarrollan los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo (BOE n.º 152, de 23 de junio de 2010) se procede a efectuar las oportunas correcciones:

En la página 54903, en la letra k) del artículo 7.1, donde dice: «Información y descripción del método de evolución y comparación…»; debe decir: «Información y descripción del método de evaluación y comparación…».

En la página 54904, en el primer párrafo de la disposición transitoria única (Validez de los folletos y contratos-tipo de las entidades), donde dice: «… previstas en los artículos 3, 5 y 6 de esta Orden»; debe decir: «… previstas en los artículos 2, 4, 6 y 7 de esta Orden».

En la página 54904, en el segundo apartado de la disposición transitoria única (Validez de los folletos y contratos-tipo de las entidades) donde dice :«… el régimen de publicidad establecido en el artículo 7 de esta Orden.»; debe decir: «… el régimen de publicidad establecido en el artículo 9 de esta Orden.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.