º 154, de 25 de junio de 2014, se procede a efectuar la siguiente corrección: En la página 49071, en el artículo quinto. Formato de Facturas, párrafo primero, donde dice «1. A efectos de su tratamiento por los puntos generales de entrada de facturas electrónicas, las facturas se ajustarán a lo establecido en el artículo 5 y en la disposición adicional primera de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre», debe decir «1.
A efectos de su tratamiento por los puntos generales de entrada de facturas electrónicas, las facturas se ajustarán a lo establecido en el artículo 5 y en la disposición adicional segunda de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre».