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Corrección de errores de la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.

BOE-A-2022-4741·25 de marzo de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, que regula el Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE). El objeto principal de esta corrección es subsanar una imprecisión en el preámbulo de la Orden original. Específicamente, corrige la fórmula utilizada para indicar la conformidad del Consejo de Estado con la Orden. Esta corrección afecta indirectamente a todas las entidades interesadas en participar en los PERTE y, por tanto, potencialmente inscritas o que deseen inscribirse en el Registro Estatal. Aunque el cambio es menor, asegura la precisión legal del documento original. La disposición más relevante es la rectificación del preámbulo, donde se cambia la frase "oído el Consejo de Estado, dispongo:" por "de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:". Esta modificación, aunque aparentemente sutil, tiene implicaciones legales, ya que refleja con mayor exactitud el procedimiento seguido para la aprobación de la Orden original, indicando que el Consejo de Estado no solo fue consultado, sino que hubo un acuerdo formal. La corrección asegura la validez y la correcta interpretación de la Orden HFP/168/2022.

Advertido un error en el preámbulo de la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 59, de 10 de marzo de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 28297 el último inciso del preámbulo donde dice: «En su virtud, oído el Consejo de Estado, dispongo:», debe decir: «En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.