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Corrección de errores de la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2022 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

BOE-A-2023-13665·9 de junio de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una corrección de errores de la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, que establece reducciones en los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva (módulos) del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el período impositivo 2022. Estas reducciones están dirigidas a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. El objeto principal de esta corrección es subsanar omisiones en el anexo de la Orden original, específicamente en la lista de actividades y ámbitos territoriales que se benefician de los índices de rendimiento neto reducidos. A quién afecta: Esta corrección afecta directamente a los agricultores y ganaderos que tributan por el método de estimación objetiva (módulos) del IRPF en las provincias y municipios especificados en la corrección, y que realizan las actividades agrícolas indicadas. En particular, afecta a aquellos que, debido a la omisión original, no se les aplicaba la reducción en el cálculo de su IRPF para el año 2022. Disposiciones más relevantes: La corrección añade las siguientes actividades y ámbitos territoriales al anexo de la Orden HFP/405/2023: Andalucía: Provincia de Almería, todos los municipios: Leguminosas (Veza grano), índice 0,13. Provincia de Málaga, todos los municipios: Cereales (Centeno), índice 0,13. Cataluña: Provincia de Lleida, municipios especificados: Frutos no cítricos, índice 0,07. Comunitat Valenciana: Provincia de Valencia, municipios de Ènova y Llanera de Ranes: Cítricos (Mandarina), índice 0,13. * Cítricos (Naranja), índice 0,18. En resumen, esta corrección asegura que los agricultores y ganaderos que cumplen con los requisitos especificados en la Orden original, pero que fueron omitidos en el anexo, puedan beneficiarse de las reducciones en los índices de rendimiento neto para el cálculo de su IRPF del año 2022. La corrección amplía el alcance de la Orden original para incluir a más contribuyentes que cumplen con los criterios para recibir el beneficio fiscal.

Advertidos errores en el anexo de la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2022 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 98, de 25 de abril de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Página 57330:

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, debe añadirse: Provincia: Almería; Ámbito territorial: Todos los términos municipales; Actividad: Leguminosas: Veza grano; Índice de rendimiento neto: 0,13.

Página 57335:

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, debe añadirse: Provincia: Málaga; Ámbito territorial: Todos los términos municipales; Actividad: Cereales: Centeno; Índice de rendimiento neto: 0,13.

Página 57386:

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, debe añadirse: Provincia: Lleida; Ámbito territorial: Términos municipales de: Agramunt, Albesa, Algerri, Anglensola, Artesa de Segre, Balaguer, Belianes, Bellpuig, Camarasa, Castelló de Farfanya, Castellserá, Ciutadilla, Fuliola (La), Guimerà, Ivars de Noguera, Maldà, Menárguens, Montgai, Nalec, Omells de na Gaia (Els), Ossó de Sió, Preixana, Puigverd de Agramunt, Sant Martin de Ruicorb, Sentiu de Sió (La), Tàrrega, Térmens, Tornabous, Torrelameu, Vallbona de les Monges, Vallfogona de Balaguer, Verdú y Vilagrassa; Actividad: Frutos no cítricos; Índice de rendimiento neto: 0,07.

Página 57410:

En la Comunidad Autónoma de Comunitat Valenciana, debe añadirse: Provincia: Valencia; Ámbito territorial: Términos municipales de: Ènova y Llanera de Ranes.

– Actividad: Cítricos: Mandarina, Índice de rendimiento neto: 0,13.

– Actividad: Cítricos: Naranja, Índice de rendimiento neto: 0,18.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.