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Corrección de errores de la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.

BOE-A-2010-2159·10 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, que revisa los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial. El objeto principal de este documento es subsanar errores tipográficos y de denominación presentes en la Orden original, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta corrección afecta indirectamente a todos los consumidores y productores de energía eléctrica en España, así como a las empresas distribuidoras y a las instalaciones del régimen especial (energías renovables, cogeneración y residuos), ya que la Orden original establece los precios y tarifas que rigen sus actividades. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección del nombre de la empresa distribuidora: Se corrige el nombre "Saltos del Nansa, S.L." por "Electra del Nansa, S.L." en varias secciones del documento original, específicamente en la página 112139. Esto afecta a la correcta identificación de la empresa y a la asignación de su retribución. Corrección de un valor numérico: Se corrige el valor del "Término de facturación de energía activa a aplicar a la tarifa" (TEA) en el Anexo I, apartado 1.1, de 0,057979 €/kWh a 0,057969 €/kWh. Esta corrección, aunque aparentemente pequeña, tiene un impacto directo en el cálculo del coste de la energía para los consumidores. En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la precisión y la correcta aplicación de la Orden ITC/3519/2009, evitando confusiones y garantizando la transparencia en la regulación del sector eléctrico.

Advertidos errores en la Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número  315, de 31 de diciembre de 2009, se procede a efectuar las siguientes correcciones:

Primero.–En la página 112139, párrafo segundo, línea primera, donde dice: «(*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Saltos del Nansa, S.L., y …», debe decir: «(*) Como consecuencia de la integración de las empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L., y …..».

Segunda.–En la página 112139, párrafo segundo, línea tercera, donde dice: «Energía, la retribución de Saltos del Nansa, S.L., y …», debe decir: «Energía, la retribución de Electra del Nansa, S.L., y …».

Tercera.–En la página 112139, apartado 2, párrafo cuarto, línea primera y segunda, donde dice: «… empresas distribuidoras Saltos del Nansa, S.L.», debe decir: «… empresas distribuidoras Electra del Nansa, S.L.».

Cuarta.–En la página 112139, apartado 2, párrafo cuarto, línea tercera y cuarta, donde dice: «… la retribución de Saltos del Nansa, S.L.», debe decir: «… la retribución de Electra del Nansa, S.L.».

Quinta.–En la página 112151, en el Anexo I, apartado 1.1, párrafo segundo, línea segunda, donde dice: «Término de facturación de energía activa a aplicar a la tarifa: TEA: 0,057979 €/kWh.», debe decir: «Término de facturación de energía activa a aplicar a la tarifa: TEA: 0,057969 €/kWh.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.