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Corrección de errores de la Orden JUS/1415/2018, de 28 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo entre el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia para la determinación del sistema de medición de la carga de trabajo de los órganos judiciales.

BOE-A-2019-745·23 de enero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Orden JUS/1415/2018, de 28 de diciembre, que publica el Acuerdo entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Ministerio de Justicia sobre el sistema de medición de la carga de trabajo de los órganos judiciales. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores tipográficos en el Anexo de la Orden original. Específicamente, corrige la denominación de "anotaciones penales" y "anotaciones del registro general" por las correctas: "asuntos penales" y "asuntos", respectivamente. Esta corrección afecta indirectamente a todos los órganos judiciales y al personal del Ministerio de Justicia que utilizan el sistema de medición de carga de trabajo establecido en el Acuerdo original. La corrección asegura que la terminología utilizada en el Anexo sea precisa y consistente con el resto del documento, evitando posibles confusiones en la aplicación del sistema de medición. Las disposiciones más relevantes son las correcciones específicas realizadas en el Anexo de la Orden JUS/1415/2018, que cambian: "anotaciones penales" por "asuntos penales" "anotaciones del registro general" por "asuntos" En esencia, el documento no modifica el fondo del Acuerdo entre el CGPJ y el Ministerio de Justicia, sino que simplemente aclara y precisa la terminología utilizada en un anexo, garantizando una correcta interpretación y aplicación del sistema de medición de la carga de trabajo judicial.

Advertido error en la Orden JUS/1415/2018, de 28 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo entre el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia para la determinación del sistema de medición de la carga de trabajo de los órganos judiciales, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 314, de 29 de diciembre de 2018, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 129944, en el ANEXO, donde dice:

«anotaciones penales»

Debe decir:

«asuntos penales»

En las páginas 129944 y 129945, en el ANEXO, donde dice:

«anotaciones del registro general»

Debe decir:

«asuntos»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.