Advertido error en la inserción de la Orden PRE/1809/2006, de 5 de junio, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal, para incorporar la Directiva 2006/13/CE de la Comisión, de 3 de febrero de 2006, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 138, de fecha 10 de junio de 2006, páginas 22303 a 22311, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el anexo, página 22305, en la primera columna, la tercera fila, la referencia 1. Arsénico (8) debe sustituirse por el siguiente texto:
ANEXO
«Anexo
Parte A. Contenido máximo.
Sustancias indeseables
Productos destinados a la alimentación animal
Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos, referido a un contenido de humedad del 12%
(
1)
(2)
(3)
1. Arsénico (8)
Materias primas para la alimentación animal, excepto:
2
Harinas de hierbas, de alfalfa y de trébol deshidratados, así como pulpa desecada de remolacha azucarera y pulpa desecada con adición de melazas de remolacha azuca
rera.
4
Harina de palmiste obtenida por presión.
4(9)
Fosfatos y algas marinas calcáreas.
10
Carbonato cálcico
.
15
Óxido de magnesio.
20
Piensos procedentes de la transformación de pescados u otros animales marinos.
15(9)
Harina de algas marinas y materias primas procedentes de algas marinas.
40(9)
Piensos completos, excepto:
2
Piensos completos para peces y piensos completos para animales de piel.
6(9)
Piensos complementarios, excepto:
4
Piensos minerales.
12