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Corrección de errores de la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos.

BOE-A-2010-5727·10 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resumen del Documento Legal Este documento legal es una Corrección de Errores a la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, que regula el envío electrónico de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El objeto principal del documento es subsanar una errata detectada en la dirección web proporcionada en el artículo 1.3 de la Orden original. A quién afecta: Esta corrección afecta principalmente a las empresas que están obligadas a enviar los datos del certificado de empresa al SEPE por medios electrónicos, ya que la dirección web incorrecta podría impedir o dificultar dicho envío. También afecta al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al garantizar que la información proporcionada a las empresas sea correcta y facilite el cumplimiento de sus obligaciones. Disposiciones Relevantes: La única disposición relevante es la corrección de la dirección web en el artículo 1.3 de la Orden TIN/790/2010. Se sustituye la dirección incorrecta "https://www.speee.gob.es/registro" por la dirección correcta "https://www.spee.gob.es/registro". Esta corrección, aunque aparentemente menor, es crucial para asegurar que las empresas puedan acceder al sistema de registro y cumplir con su obligación de enviar los datos del certificado de empresa al SEPE de forma electrónica. La corrección garantiza la accesibilidad y la correcta implementación de la Orden original.

Advertido error en la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de 30 de marzo de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 29767, en el artículo 1.3, en el párrafo primero, donde dice: «… https://www.speee.gob.es/registro», debe decir: «… https://www.spee.gob.es/registro».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.