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Corrección de errores de la Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se aprueba la "Especificación Técnica de Homologación de Material Rodante Ferroviario: Vagones".

BOE-A-2009-19399·3 de diciembre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Resolución de 10 de julio de 2009 de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, que aprobó la "Especificación Técnica de Homologación de Material Rodante Ferroviario: Vagones". Fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 14 de agosto de 2009. El objeto principal de este documento es rectificar errores puntuales detectados en el texto original de la Especificación Técnica de Homologación de Vagones. Estas correcciones son de carácter gramatical, de formato y de contenido técnico menor, pero importantes para la correcta interpretación y aplicación de la normativa. Esta corrección afecta a todos los actores involucrados en la homologación de vagones ferroviarios, incluyendo: Fabricantes de vagones. Organismos de certificación. Administración ferroviaria. Operadores ferroviarios. Cualquier otra entidad que deba cumplir o aplicar la Especificación Técnica de Homologación de Vagones. Las disposiciones más relevantes son las correcciones específicas realizadas en el texto original, que incluyen: Correcciones de formato, como la eliminación de espacios innecesarios entre párrafos. Corrección de errores tipográficos, como cambiar "ANEXO I" por "ANEXO". Aclaraciones en la redacción de requisitos técnicos, como la modificación de las condiciones para la validación de componentes característicos no validados. Correcciones en tablas de referencia, incluyendo la modificación de referencias a normativas y requisitos técnicos. En resumen, este documento legal busca asegurar la precisión y claridad de la Especificación Técnica de Homologación de Vagones, corrigiendo errores que podrían generar confusión o interpretaciones incorrectas en su aplicación.

Detectado error en el texto de la Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se aprueba la «Especificación Técnica de Homologación de Material Rodante Ferroviario: Vagones», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 14 de agosto de 2009, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

1. En la página 70133, en la línea 37, donde dice:

«…relativas al proceso de fabricación y de ensayos de serie.

Para la definición de los ensayos...»,

debe decir:

«…relativas al proceso de fabricación y de ensayos de serie.

Para la definición de los ensayos...» (sin espacio entre los párrafos).

2. En la página 70134, en la línea 31, donde dice: «ANEXO I», debe decir: «ANEXO».

3. En la página 70148, en la línea 23, donde dice: «Separación entre caras internas de rueda: La…», debe decir: «– Separación entre caras internas de rueda: La…».

4. En la página 70148, en la línea 31, donde dice: «Separación entre caras activas de pestaña, medida…», debe decir: «– Separación entre caras activas de pestaña, medida…».

5. En la página 70160, en la tabla, donde dice:

debe decir:

6. En la página 70161, en la línea 27, donde dice:

«El Organismo Certificador ha comprobado la conformidad del material rodante con respecto a los requisitos de integración (definidos en el capítulo 4 de la presente ETH) de los componentes característicos no validados,

El Organismo Certificador ha confirmado, mediante evaluaciones adicionales, que la conformidad y la idoneidad para el uso de los componentes característicos se ajusta a los requisitos del capítulo 5 de la presente ETH, y

Los componentes característicos no cubiertos por el preceptivo informe de validación se han usado en un vehículo puesto en servicio antes de la entrada en vigor de la presente ETH.»

Debe decir:

«− El Organismo Certificador ha comprobado la conformidad del material rodante con respecto a los requisitos de integración (definidos en el capítulo 4 de la presente ETH) de los componentes característicos no validados, o

− El Organismo Certificador ha confirmado, mediante evaluaciones adicionales, que la conformidad y la idoneidad para el uso de los componentes característicos se ajusta a los requisitos del capítulo 5 de la presente ETH, o

− Los componentes característicos no cubiertos por el preceptivo informe de validación se han usado, sin que se tenga constancia de problemas surgidos en la explotación que impliquen el incumplimiento de alguno de los requisitos esenciales de la presente Especificación, en un vehículo puesto en servicio antes de la entrada en vigor de la presente ETH con similares condiciones de uso.»

7. En la página 70162, en la línea 45, donde dice: «…y cada uno de los coches o vagones.», debe decir: «…y cada uno de los vagones.».

8. En la página 70164, en la línea 40, donde dice:

«…cambiado o sean nuevos en comparación con los motivos de la certificación.

Si se solicita y se acepta una excepción,…»,

debe decir:

«…cambiado o sean nuevos en comparación con los motivos de la certificación.

Si se solicita y se acepta una excepción,…» (con espacio entre los párrafos).

9. En la página 70167, en la línea 1, donde dice: «nudos de viajeros:», debe decir: «nudos de viajeros;».

10. En la página 70169, en la tabla, donde dice:

debe decir:

11. En la página 70171, en la tabla, donde dice:

debe decir:

12. En la página 70172, en la tabla, donde dice:

debe decir:

13. En la página 70172, en la tabla, donde dice:

debe decir:

14. En la página 70179, en la tabla, donde dice:

debe decir:

15. En la página 70186, en la tabla, donde dice:

debe decir:

4.2.3.1.6

Sistemasantideslizamientoydetectores de ejes bloqueados.

X

X

4.2.3.1.6

Sistemas antideslizamiento y detectores de ejes bloqueados.

X

X

4.2.1.5.5

Grasa.

ETIMRAV(4.2.3.3.2.3.2)ETI MR-V Conv.(4.2.3.3.2,7.7.2.2.6.2).

UNE-EN 12081 y 12082.

4.2.1.5.5

Grasa.

ETI MR AV (4.2.3.3.2.3.2)ETI MR-V Conv. (4.2.3.3.2,7.7.2.2.6.2).

UNE-EN 12081 y 12082.

4.2.4.2.2

Levante.

ETI MR-V Conv. (4.2.2.3.2.4, 4.2.2.5, 7.7.2.1.3.2, Anexos B.13 y X).

–Incluir aparatos especiales en el vehículo. - Puntos de anclaje según UIC 581. Caso específico declarado (Elevación y levantamiento con gatos).

4.2.4.2.2

Levante.

ETI MR-V Conv. (4.2.2.3.2.4, 4.2.2.5, 7.7.2.1.3.2, Anexos B.13 y X).

– Incluir aparatos especiales en el vehículo.– Puntos de anclaje según UIC 581. Caso específico declarado (Elevación y levantamiento con gatos).

4.2.6

Condiciones ambientales.

ETI MR-V Conv. (4.2.6.1, 7.7.2.4.1.1).

–Requisitos relativos a las condiciones ambientales propias de España. Caso específico declarado (Condiciones ambientales: temperatura). - Requisitos para equipos montados sobre techo.

4.2.6

Condiciones ambientales.

ETI MR-V Conv. (4.2.6.1, 7.7.2.4.1.1).

– Requisitos relativos a las condiciones ambientales propias de España. Caso específico declarado (Condiciones ambientales: temperatura).– Requisitos para equipos montados sobre techo.

4.5

Estudio FDMS.

–Estudio de Seguridad conforme a UNE-EN 50126 – Estudio FDMS recomendado.

4.5

Estudio FDMS.

– Estudio de Seguridad conforme a UNE-EN 50126– Estudio FDMS recomendado.

4.2.3.1.1 Principio general de frenos de aire comprimido.

UIC 540-547UNE-EN 286-3UNE-EN 286-4 RD 1495/1991

X

X

X

4.2.3.1.1 Principio general de frenos de aire comprimido.

UIC 540-547UNE-EN 286-3UNE-EN 286-4RD 1495/1991

X

X

X

Ref. del ensayo

% del ensayo que tiene que haberseefectuado antes de iniciar losensayos de servicio

El ensayo tiene que haber concluido satisfactoriamente antes de haberse recorrido en ensayos de servicio los km siguientes

Ens. Banco

G.5.2.1.1.G.5.2.1.2.G.5.2.1.3.

6 × l0ciclosA la vez que G.5.2.1.1A determinar en cada caso

100A la vez que G.5.2.1.1Repetir a los 50.000 km

Ens. Circ.

G.5.2.2.2.G.5.2.2.3.

100 % (ensayo completo)100 %

Ref. del ensayo

% del ensayo que tiene que haberseefectuado antes de iniciar losensayos de servicio

El ensayo tiene que haber concluido satisfactoriamente antes de haberse recorrido en ensayos de servicio los km siguientes

Ens. Banco

G.5.2.1.1.G.5.2.1.2.G.5.2.1.3.

6 × l06 ciclosA la vez que G.5.2.1.1A determinar en cada caso

100A la vez que G.5.2.1.1Repetir a los 50.000 km

Ens. Circ.

G.5.2.2.1.G.5.2.2.2.

100 % (ensayo completo)100 %

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.