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Corrección de errores de la Resolución de 10 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermutuamur: Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

BOE-A-2009-120·3 de enero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Resolución de la Dirección General de Trabajo del 10 de noviembre de 2008, que registró y publicó el Convenio Colectivo de Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 287, el 28 de noviembre de 2008. El objeto principal de esta corrección es subsanar dos errores detectados en el texto original del Convenio Colectivo publicado. Esta corrección afecta directamente a los empleados de Ibermutuamur cubiertos por el Convenio Colectivo, así como a la propia empresa, ya que las condiciones laborales y económicas establecidas en el convenio deben ser aplicadas correctamente. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección en el Artículo 19, apartado 7 (Tabla: Período de amortización por tramos de retribución): Se corrige un error numérico en el límite superior de un tramo salarial. Donde decía "Más de 22.383", ahora debe decir "Más de 22.838". Este cambio afecta al cálculo del período de amortización para ciertos beneficios o compensaciones. Corrección en el Artículo 19, apartado 7 (Tabla: para el concepto "vehículo propio" en el tramo de retribución de hasta 15.025): Se corrige el período de amortización para el concepto de "vehículo propio" en el tramo salarial más bajo. Donde decía "4 meses", ahora debe decir "24 meses". Esto implica un cambio significativo en el tiempo que se considera para la amortización de este beneficio para los empleados con menores ingresos. En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la correcta aplicación del Convenio Colectivo de Ibermutuamur, modificando dos puntos específicos relacionados con el cálculo de la amortización de ciertos beneficios en función del salario del empleado.

Advertidos errores en el texto del Convenio Colectivo de Ibermutuamur: Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 10 de noviembre de 2008, en el Boletín Oficial del Estado n.º 287, de 28 de noviembre de 2008, se procede a efectuar la rectificación.

En la página 47734, columna izquierda, artículo 19, apartado 7, en la tabla: Período de amortización por tramos de retribución. Donde dice: «Más de 22.383 ». Debe decir: «Más de 22.838 ».

En la página 47734, columna izquierda, artículo 19, apartado 7, en la tabla: para el concepto «vehículo propio» en el tramo de retribución de hasta 15.025 . Donde dice: «4 meses». Debe decir: «24 meses».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.