resolucionVigente

Corrección de errores de la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 3 de julio de 2014, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para las Entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social; y se crean nuevas subcuentas en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social.

BOE-A-2019-2783·28 de febrero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Resolución de la Intervención General de la Seguridad Social del 14 de diciembre de 2018, la cual a su vez modificaba la Instrucción de Contabilidad para las Entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social de 2014 y creaba nuevas subcuentas en la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores tipográficos y de redacción detectados en la Resolución original del 14 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial del Estado. No introduce cambios sustanciales en la normativa contable, sino que simplemente clarifica y corrige el texto existente. Esta corrección afecta a todas las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social, así como a los profesionales y funcionarios responsables de la aplicación de la Instrucción de Contabilidad y del Plan General de Contabilidad Pública en el ámbito de la Seguridad Social. Las disposiciones más relevantes son las correcciones específicas realizadas en las páginas del Boletín Oficial del Estado donde se publicó la Resolución original. Estas correcciones incluyen: Corrección de la palabra "racionalización" (escrita incorrectamente como "racionalización"). Corrección de la frase "pago no presupuestario" a "pago presupuestario". Corrección de la numeración del anexo. Eliminación de leyendas innecesarias en un documento contable específico (ADOK.480). Corrección de la palabra "extrapesupuestarios" (escrita incorrectamente como "extrapesupuestarios") en la descripción de un documento contable (OETC.850). En resumen, se trata de una corrección formal que busca garantizar la precisión y claridad del texto legal original, sin alterar su contenido fundamental.

Advertidos errores en la Resolución de 14 de diciembre de 2018, de la Intervención General de la Seguridad Social, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 27 de diciembre de 2018, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 127432, párrafo cuarto, y en la página 127433, párrafo segundo, donde dice: «... en aplicación del principio racionalización...», debe decir: «... en aplicación del principio de racionalización...».

En la página 127438, párrafo segundo, donde dice: «... la materialización del pago no presupuestario...», debe decir: «... la materialización del pago presupuestario...».

En la página 127455, en el título, donde dice:

«

»,

debe decir:

«

ANEXO I

»

En la página 127488, en la parte inferior derecha del documento contable ADOK.480 no deben aparecer las leyendas «EL/LA» y «Fdo.:».

En la página 127536, en la parte superior del documento contable OETC.850, donde dice: «Traspasos de conceptos extrapesupuestarios entre centros», debe decir: «Traspasos de conceptos extrapresupuestarios entre centros».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.