resolucionVigente

Corrección de errores de la Resolución de 14 de julio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Úbeda n.º 1 a inscribir una escritura de compraventa.

BOE-A-2020-11223·25 de septiembre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de una resolución previa emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Específicamente, corrige un error detectado en la Resolución del 14 de julio de 2020, relacionada con un recurso interpuesto contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Úbeda n.º 1 a inscribir una escritura de compraventa. Objeto Principal: El objeto principal es rectificar una imprecisión en la redacción de la resolución original, publicada en el Boletín Oficial del Estado. A quién afecta: Afecta principalmente a las partes involucradas en el recurso original, es decir, a don A. N. M., en representación de «Porkytrans, S.L.» (la sociedad compradora), a la Registradora de la Propiedad de Úbeda número 1, doña Pilar Ramos Agustino, y a cualquier persona que consulte la resolución original y pueda ser inducida a error por la imprecisión. Disposiciones Relevantes: La única disposición relevante es la corrección en sí misma. El documento especifica que en la página 64085, punto tercero, donde se mencionaba "la representación acreditada por el representante de la sociedad vendedora", debe leerse correctamente como "la representación acreditada por el representante de la sociedad compradora". Esta corrección es crucial para la correcta interpretación de la resolución original y para evitar confusiones sobre quién ostentaba la representación en cuestión. La corrección se centra en la identificación correcta de la parte cuya representación era objeto de análisis en la resolución original.

Advertido error en la Resolución de 14 de julio de 2020 (4.ª), de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto por don A. N. M., en nombre y representación de «Porkytrans, S.L.», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Úbeda número 1, doña Pilar Ramos Agustino, a inscribir una escritura de compraventa, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 5 de agosto, se procede a efectuar la oportuna rectificación.

En la página 64085, punto tercero, donde dice: «la representación acreditada por el representante de la sociedad vendedora», debe decir «la representación acreditada por el representante de la sociedad compradora».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.