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Corrección de errores de la Resolución de 14 de junio de 2011, de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, por la que se dictan instrucciones en relación con la recepción y gestión del fichero F-DARETRI establecido en la Orden PRE/390/2002, de 22 de febrero, por la que se implanta un sistema para la obtención de datos de retribuciones de los efectivos al servicio del sector público estatal.

BOE-A-2011-12105·14 de julio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Resolución de 14 de junio de 2011 de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas. La resolución original dictaba instrucciones sobre la recepción y gestión del fichero F-DARETRI, un sistema para la obtención de datos de retribuciones de los empleados del sector público estatal, implementado por la Orden PRE/390/2002. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en la publicación original en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Estos errores afectan principalmente a la información contenida en las tablas y anexos que definen la estructura y el contenido del fichero F-DARETRI. Esta corrección afecta directamente a las entidades y organismos del sector público estatal responsables de la elaboración y envío del fichero F-DARETRI, así como a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, encargada de la recepción y gestión de dichos datos. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son las siguientes: Corrección de referencias a anexos: Se corrige una referencia incorrecta al anexo 04, que debe ser anexo 05. Corrección del formato de la fecha: Se corrige el formato de la fecha en el anexo 01, cambiando de "MMAAAA" a "AAAAMM". Aclaración de la descripción de un centro gestor: Se añade "(departamento)" a la descripción del "M.º de Economía y Hacienda" en la tabla de Centros Gestores-Centros de Nómina. Correcciones gramaticales menores. Correcciones y adiciones en las tablas de códigos de personal, puestos y claves retributivas:** Se corrigen códigos erróneos, se añaden nuevos códigos para puestos específicos (como niveles de complemento de destino para personal estatutario y sanitario en formación), y se corrigen o suprimen claves retributivas incorrectas o redundantes en los diferentes bloques (AGE, Seguridad Social, Administración de Justicia, UNED). Estas correcciones afectan a la correcta clasificación y registro de las retribuciones del personal. En resumen, esta corrección de errores busca garantizar la precisión y la integridad de la información contenida en el fichero F-DARETRI, asegurando que los datos de retribuciones del sector público estatal se recopilen y gestionen de manera correcta y uniforme.

Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 148, de fecha 22 de junio de 2011, se transcribe la siguiente rectificación:

En la pág. 65477, TABLA I: Registro de datos del F-DARETRI, en la línea 5, columna ESPECIFICACIONES, donde dice: «Anexo 04», debe decir: «Anexo 05».

En la pág. 65477, ANEXO 01: Fecha, línea 3, donde dice: «El formato es "MMAAAA": dos dígitos para el mes: "MM" , y cuatro dígitos para el año: "AAAA"», debe decir: «El formato es "AAAAMM": cuatro dígitos para el año: "AAAA", y dos dígitos para el mes: "MM"».

En la pág. 65479, TABLA II: Centros Gestores-Centros de Nómina, columna DESCRIPCIÓN, donde dice: «M.º de Economía y Hacienda», debe decir: «M.º de Economía y Hacienda (departamento)».

En la pág. 65489, en el apartado ESTA: Personal estatutario, en la cuarta línea, donde dice: «de los las gerencias…», debe decir: «de las gerencias…»

En la pág. 65491, en la TABLA V: Clases de personal, en el punto 4. Personal laboral, contratado administrativo y personal vario, línea 13, columna CÓDIGO, donde dice: «LNDU1», debe decir: «LND1», y en la línea 14, columna CÓDIGO, donde dice: «LNDU3», debe decir: «LND3».

En la pág. 65497, en la TABLA VIII: Puestos, apartado 1, donde dice: 1: «FUNCIONARIOS. COLECTIVOS FAGE, FASS, PEFE, FINV», debe decir: 1: «FUNCIONARIOS. COLECTIVOS FAGE, FASS, PEFE, FINV, FNDU».

En la pág. 65498, TABLA VIII: Puestos, en el punto 6: CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL..., donde dice: «… COLECTIVO SCGG», debe decir: «… COLECTIVO SCGC».

En la pág. 65501, TABLA VIII: Puestos, punto 10. PERSONAL ESTATUTARIO Y SANITARIO EN FORMACIÓN. COLECTIVO ESTA, debajo del epígrafe: «Personal directivo de atención primaria», se debe añadir una primera línea que en la columna CÓDIGO ponga: «DP28» y en la columna DESCRIPCIÓN: « " " Nivel de C. Destino 28».

En la pág. 65502, TABLA VIII: Puestos, punto 10. PERSONAL ESTATUTARIO Y SANITARIO EN FORMACIÓN. COLECTIVO ESTA, debajo del epígrafe: «Personal no sanitario en atención primaria», se debe añadir una primera línea que en la columna CÓDIGO ponga: «NP26» y en la columna DESCRIPCIÓN: «“ “ Nivel de C. Destino 26».

Igualmente en la pág. 65502, TABLA VIII: Puestos, punto 10. PERSONAL ESTATUTARIO Y SANITARIO EN FORMACIÓN. COLECTIVO ESTA, debajo de la línea: CÓDIGO: «TS02»; DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado superior en formación de segundo año», se debe añadir una línea que en la columna CÓDIGO ponga: «TS03» y en la columna DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado superior en formación de tercer año».

También en la pág. 65502, TABLA VIII: Puestos, punto 10. PERSONAL ESTATUTARIO Y SANITARIO EN FORMACIÓN. COLECTIVO ESTA, debajo de la línea: CÓDIGO: «TS02»; DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado superior en formación de segundo año», se debe añadir una segunda línea que en la columna CÓDIGO ponga: «TS04» y en la columna DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado superior en formación de cuarto año».

Y también en la pág. 65502, TABLA VIII: Puestos, punto 10. PERSONAL ESTATUTARIO Y SANITARIO EN FORMACIÓN. COLECTIVO ESTA, debajo de la línea: CÓDIGO: «TM02»; DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado medio en formación de segundo año», se debe añadir una última línea que en la columna CÓDIGO ponga: «TM03» y en la columna DESCRIPCIÓN: «“ “ titulado medio en formación de tercer año».

En la pág. 65508, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque I: AGE), apartado 06: PERSONAL LABORAL FIJO, línea 11, columna SUBCÓDIGO ADICIONAL, donde dice: «E6», debe decir: «E7».

En la pág. 65513, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque II: Seguridad Social), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS, en la primera línea, columna DESCRIPCIÓN, donde dice: «C. Carrera profesional del subgrupo A2 del personal no sanitario», debe decir: «C. Carrera profesional del subgrupo A2 del personal sanitario».

En la pág. 65515, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque II: Seguridad Social), apartado 09: OTRO PERSONAL, línea 3, columna CONCEPTO, donde dice: «143» debe decir: «147».

En la pág. 65517, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque III: Administración de Justicia), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS, línea 3, columna SUBCÓDIGO ADICIONAL, donde dice: «J1», debe decir: «J2».

Igualmente en la pág. 65517, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque III: Administración de Justicia), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS, línea 7, columna SUBCÓDIGO ADICIONAL, donde dice «J2», debe decir: «J3»

También en la pág. 65517, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque III: Administración de Justicia), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS, en la línea 12, columna DESCRIPCIÓN, debe suprimirse: «(sustitutos y suplentes)».

Y también en la pág. 65517, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque III: Administración de Justicia), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS, debe suprimirse la línea 17: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «121»; SUBCONCEPTO: «04»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «J0»; CLAVE DARETRI: «S12105J0»; y DESCRIPCIÓN: «Planes concretos de actuación».

En la pág. 65518, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque III: Administración de Justicia), apartado 06: PERSONAL LABORAL FIJO, en la última línea, columna CONCEPTO, donde dice: «131», debe decir: «130» y en la columna SUBCONCEPTO, donde dice: «02» debe decir: «01».

En la pág. 65521, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 03: RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS DE FUNCIONARIOS DOCENTES Y NO DOCENTES, después de la séptima línea se debe añadir otra línea con el siguiente contenido en las correspondientes columnas: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «121»; SUBCONCEPTO: «01»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «U7»; CLAVE DARETRI: «S12101U7»; y DESCRIPCIÓN: «Cuantía adicional del complemento específico (docentes)».

Igualmente en la pág. 65521, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 04: PERSONAL LABORAL FIJO DOCENTE, después de la tercera línea se debe añadir otra línea con el siguiente contenido en las columnas correspondientes: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «130»; SUBCONCEPTO: «00»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «U3»; CLAVE DARETRI: «S13000U3»; y DESCRIPCIÓN: «Complemento por méritos docentes».

También en la pág. 65521, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 04: PERSONAL LABORAL FIJO DOCENTE, debe suprimirse la línea 5: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «130»; SUBCONCEPTO: «00»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «U5»; CLAVE DARETRI: «S13000U5»; y DESCRIPCIÓN: «Complemento retributivo».

En la pág. 65522, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 06: PERSONAL LABORAL EVENTUAL O TEMPORAL DOCENTE, después de la tercera línea se debe añadir, otra línea con el siguiente contenido en las columnas respectivas: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «131»; SUBCONCEPTO: «00»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «U3»; CLAVE DARETRI: «S13100U3»; y DESCRIPCIÓN: «Complemento por méritos docentes».

Igualmente en la pág. 65522, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 06: PERSONAL LABORAL EVENTUAL O TEMPORAL DOCENTE, debe suprimirse la línea 5: SECTOR: «S»; CONCEPTO: «131»; SUBCONCEPTO: «00»; SUBCÓDIGO ADICIONAL: «U5»; CLAVE DARETRI: «S13100U5»; y DESCRIPCIÓN: «Complemento retributivo».

En la pág. 65523, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 10: PERSONAL CONTRATADO DOCENTE, en la primera línea, columna CLAVE DARETRI, donde dice: «14300U0», debe decir: «S14300U0».

También en la pág. 65523, TABLA IX: Claves retributivas (Bloque IV: UNED), apartado 10: PERSONAL CONTRATADO DOCENTE, en la penúltima línea, columna SUBCÓDIGO ADICIONAL, donde dice: «U6», debe decir: «U8».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.