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Corrección de errores de la Resolución de 27 de julio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios de los combustibles definitivos del primer semestre de 2011, a aplicar en el cálculo de la prima de funcionamiento de cada grupo generador y los precios de los combustibles provisionales del segundo semestre de 2011, a aplicar para efectuar el despacho de los costes variables de generación en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

BOE-A-2011-16279·17 de octubre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Resolución del 27 de julio de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas. Objeto Principal: El objeto principal es corregir errores detectados en la fijación de los precios de los combustibles, tanto definitivos del primer semestre de 2011 (para el cálculo de la prima de funcionamiento de cada grupo generador) como provisionales del segundo semestre de 2011 (para el despacho de los costes variables de generación). Estos precios son aplicables en los sistemas eléctricos insulares (Baleares y Canarias) y extrapeninsulares (Ceuta y Melilla). A quién afecta: Afecta principalmente a las empresas generadoras de electricidad en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, así como a las entidades encargadas de la gestión del sistema eléctrico, ya que los precios de los combustibles son un factor clave para determinar los costes de generación y la prima de funcionamiento. También afecta indirectamente a los consumidores de electricidad en estas regiones, ya que los costes de generación influyen en el precio final de la electricidad. Disposiciones Relevantes: La única disposición relevante es la corrección específica de un error en la tabla de precios de combustibles. Se corrige la posición de "Fuel Oil BIA 0,3%" y "Fuel Oil BIA 0,73%" en la tabla de precios para Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla. El resto de los valores de la tabla permanecen sin cambios. La corrección busca asegurar la correcta aplicación de los precios de los combustibles en el cálculo de la prima de funcionamiento y el despacho de costes variables de generación.

Advertidos errores en la Resolución de 27 de julio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios de los combustibles definitivos del primer semestre de 2011 a aplicar en el cálculo de la prima de funcionamiento de cada grupo generador y los precios de los combustibles provisionales del segundo semestre de 2011 a aplicar para efectuar el despacho de los costes variables de generación en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 3 de agosto de 2011, se procede a efectuar la siguiente corrección:

Primero.

En la página 87920, apartado Primero, en el cuadro, primera fila, donde dice:

Debe decir:

«Hulla

Fuel Oil BIA 1%

Fuel Oil BIA 0,73%

Fuel Oil BIA 0,3%

Fuel Oil n.º 1

Fuel Oil 1250ˮ

Diesel Oil

Gasoil 0,1%

Baleares

100,59

501,75

503,83

723,54

Canarias

479,20

515,26

565,22

676,00

697,11

Ceuta y Melilla

511,65

513,73

657,91

766,21»

«Hulla

Fuel Oil BIA 1%

Fuel Oil BIA 0,3%

Fuel Oil BIA 0,73%

Fuel Oil n.º 1

Fuel Oil 1250ˮ

Diesel Oil

Gasoil 0,1%

Baleares

100,59

501,75

503,83

723,54

Canarias

479,20

515,26

565,22

676,00

697,11

Ceuta y Melilla

511,65

513,73

657,91

766,21»

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