resolucionVigente

Corrección de errores de la Resolución de 29 de marzo de 2019, de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 11/2019, interpuesto ante la Audiencia Nacional, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

BOE-A-2019-6468·30 de abril de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de una resolución previa, específicamente de la Resolución de 29 de marzo de 2019 de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes (CSD). Objeto Principal: El objeto principal de esta corrección es rectificar errores detectados en la resolución original, que se referían incorrectamente al órgano judicial ante el que se interpuso un recurso contencioso-administrativo. La resolución original mencionaba a la Audiencia Nacional, mientras que la corrección especifica que el recurso se interpuso ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo núm. 7. A quién afecta: Esta corrección afecta principalmente a las partes interesadas en el recurso contencioso-administrativo número 11/2019. Esto incluye al recurrente (quien interpuso el recurso), al CSD (como parte demandada) y a cualquier otra persona o entidad que pueda tener un interés legítimo en el resultado del proceso judicial. La corrección busca asegurar que todos los interesados tengan la información correcta sobre el tribunal competente. Disposiciones Relevantes: Corrección del órgano judicial:** La disposición más relevante es la corrección del nombre del órgano judicial ante el que se interpuso el recurso. Se corrige la referencia errónea a la "Audiencia Nacional, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo" por la correcta: "Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo núm. 7". Esta corrección se aplica tanto en el encabezado como en el primer párrafo de la resolución original. En resumen, esta corrección de errores tiene como objetivo garantizar la precisión y la transparencia en la información relativa al proceso judicial, asegurando que todas las partes interesadas estén al tanto del tribunal correcto que está conociendo del caso.

interpuesto ante el Juzgado Central de lo contencioso administrativo núm. ». »; debe decir: «Conforme a lo ordenado por el Juzgado Central de lo contencioso administrativo núm.

».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.