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Corrección de errores de las Enmiendas de 2006 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 304, de 21 de diciembre de 2005), adoptadas el 18 de mayo de 2006, mediante Resolución MSC 205(81), publicadas en el "Boletín Oficial del Estado" número 273, de 12 de noviembre de 2008.

BOE-A-2009-4257·14 de marzo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es una corrección de errores detectados en la publicación original de las Enmiendas de 2006 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG). Las enmiendas originales fueron adoptadas el 18 de mayo de 2006 mediante la Resolución MSC 205(81) y publicadas en el BOE en 2008. El objeto principal de este documento es subsanar una errata específica en la referencia a una regla del Convenio en la introducción de las enmiendas (página 44825) y reemplazar el texto completo del Anexo (página 44826) con la versión correcta. Este documento afecta a todas las partes interesadas en el transporte marítimo de mercancías peligrosas, incluyendo: Armadores y operadores de buques: Responsables de cumplir con las regulaciones del Código IMDG. Expedidores y receptores de mercancías peligrosas: Obligados a clasificar, embalar y etiquetar correctamente las mercancías. Autoridades portuarias y marítimas: Encargadas de la supervisión y el cumplimiento de las normas. Fabricantes y proveedores de embalajes para mercancías peligrosas: Deben asegurar que sus productos cumplen con los requisitos del Código IMDG. Personal involucrado en la manipulación y transporte de mercancías peligrosas: Necesitan conocer las regulaciones actualizadas para garantizar la seguridad. Las disposiciones más relevantes** son la corrección de la referencia al artículo del Convenio (de "VII11.1" a "VII/1.1") y la sustitución completa del texto del Anexo, que contiene las enmiendas al Código IMDG. Esta corrección es crucial para asegurar la correcta interpretación y aplicación del Código IMDG, lo que a su vez es fundamental para la seguridad en el transporte marítimo de mercancías peligrosas. La publicación de esta corrección garantiza que todos los usuarios del Código IMDG tengan acceso a la versión correcta y actualizada de las enmiendas.

Advertido error en la publicación del texto de las Enmiendas de 2006 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de 21 de diciembre de 2005), adoptadas el 18 de mayo de 2006, mediante Resolución MSC 205(81), publicadas en el Boletín Oficial del Estado número 273, de 12 de noviembre de 2008, a continuación se transcribe la oportuna rectificación:

Pág. 44825, Columna Izda., introducción, donde dice: «Tomando nota asimismo del artículo VIII b) y de la regla VII11.1 del Convenio», debería decir: «Tomando nota asimismo del artículo VIII b) y de la Regla VII/1.1 del Convenio»

Pág. 44826, se sustituye el texto publicado por el siguiente:

ANEXO

ENMIENDAS AL CÓDIGO MARÍTIMO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CÓDIGO IMDG) (RESOLUCIÓN MSC.122(75))

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 26 de enero de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.