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Corrección de errores del Acuerdo de Cooperación en el ámbito de la defensa entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 3 de diciembre de 2010.

BOE-A-2019-1239·1 de febrero de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del "Acuerdo de Cooperación en el ámbito de la defensa entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil", firmado en Madrid el 3 de diciembre de 2010 y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de enero de 2019. El objeto principal de este documento es subsanar errores detectados en la publicación original del acuerdo, específicamente en la numeración de un artículo y en las antefirmas del tratado. Este documento afecta directamente a las partes firmantes del acuerdo original, es decir, al Reino de España y a la República Federativa de Brasil, así como a cualquier persona o entidad que consulte o se rija por el texto publicado del acuerdo. Las disposiciones más relevantes son las siguientes correcciones: En el artículo 1, la letra "j" incorrecta se corrige a "f", afectando la correcta enumeración de las áreas de cooperación. Se corrige la sección de las antefirmas del tratado, aunque el documento no especifica el error exacto en esta sección, sino que indica que la versión incorrecta debe ser reemplazada por la versión correcta. En resumen, esta corrección de errores busca asegurar la precisión y validez legal del Acuerdo de Cooperación en materia de defensa entre España y Brasil, garantizando que el texto publicado refleje fielmente el acuerdo original firmado por ambas naciones.

Advertido error en la publicación del Acuerdo de Cooperación en el ámbito de la defensa entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 3 de diciembre de 2010, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 19, de fecha 22 de enero de 2019, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 4755, artículo 1, ultima letra, donde dice: «j) cooperar en otras áreas…»; debe decir: «f) cooperar en otras áreas…».

En la página 4758, en las antefirmas del Tratado, donde dice:

Debe decir:

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.